El uso alternativo de Europa

    03 abr 2025 / 09:37 H.
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    Del mismo modo que el uso alternativo del derecho busca la interpretación ideológicamente interesada de la norma y de no lograrlo, prescinde de ella, parece que el presidente del Tribunal Constitucional quiere una Europa de usar y tirar respecto del derecho de la Unión con olvido del principio de primacía de aquél en aras de una conveniencia supuestamente constitucional. Cierra el paso a la facultad que tiene cualquier juez o tribunal de plantear la cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, si considera contraria al derecho de la Unión la norma que deba aplicar o ejecutar, lo que incluye a estos efectos no solo las leyes sino también a las decisiones de tribunales y órganos de la naturaleza que sean; toda vez que la primacía del derecho de la UE lo es sobre el derecho nacional —en bloque— de los Estados miembros. Cuando Conde Pumpido estudia —o manda estudiar— la limitación a un tribunal de este derecho, está negando aquella preeminencia. Con Europa, el Reino de España asumió en bloque un haz de derechos y obligaciones indivisibles, inherentes a la condición de miembro, a las duras y a las maduras; no cabe el europeísmo a tiempo parcial ni la ley del embudo.



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