El Derecho Civil y el caldo de gallina

    07 mar 2024 / 09:21 H.
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    Escuchaba hace unos días el magnífico discurso de ingreso en la Academia granadina de la profesora Belén Sainz Cantero sobre la Ley 12/23 por el derecho a la vivienda y me evocaba los comentarios de mi catedrático de Civil cuando era estudiante, aún reciente la Ley tuitiva de 1964, de un régimen autoritario que también se ocupaba de aumentar el número de viviendas; ni había Constitución que lo acogiera ni existía derecho a la vivienda. Hoy el artículo 47 de la Carta Magna tampoco consagra un derecho sino un mandato —buen deseo— a los poderes públicos para que traten de cumplirlo, sin ser sujetos pasivos ni obligados a ello; la ley no lo hace. El remedio —como entonces— debe venir del Derecho Civil, que los tiene y no de normas administrativas que ponen trabas al acceso a la vivienda, aumentar el parque disponible y dotarla de un marco legal adecuado y razonable; no pasa por mayor intervencionismo sino por la apuesta de una economía del bien común que garantice los elementos de la vivienda, entre ellos, la seguridad jurídica porque, al final, también hoy, como decía el profesor Gullón en 1967, “el Derecho Civil —el de los ciudadanos libres— y el caldo de gallina, no hacen daño a nadie”.

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