El acusado de abusar de una niña en Jaén reitera su inocencia por segunda vez

El hombre, de 30 años, ha vuelto a sentarse en el banquillo después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía anulara la sentencia en la que fue absuelto del delito

06 may 2025 / 13:28 H.
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Un hombre de 30 años ha vuelto a sentarse por segunda vez en el banquillo de la Audiencia de Jaén para ser juzgado por la misma causa después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía anulara la sentencia en la que era absuelto de abusar sexualmente de una menor de once años, al tiempo que ordenaba la repetición del juicio por un tribunal diferente. Dos años después del primer juicio, la Audiencia ha celebrado una nueva vista en el que el acusado ha reiterado su inocencia, mientras que las psicólogas de Márgenes y Vínculos han dado la máxima credibilidad al testimonio de la menor, al igual que lo hicieron en el primera vista.

La declaración de la menor se ha realizado a través de la prueba preconstituida que se grabó al poco de interponer la denuncia y que este martes ha vuelto a ser reproducida en la sala de vistas de la Audiencia de Jaén. Los hechos juzgados se remontan a febrero de 2021 cuando la menor relató haber sido agredida sexualmente por el acusado, que entonces tenía 26 años. Según declaró la menor, todo ocurrió cuando en la casa coincidió con el acusado, que “estaba pasado de tragos”, y éste la llevó a la habitación donde supuestamente consumó los abusos.

La menor, tras consultarlo con un amigo, se lo contó a su tía y ésta llamó de inmediato a la madre de la menor que finalmente interpuso la correspondiente denuncia ante la Policía Nacional.

El acusado ha vuelto a rechazar ante el tribunal todos y cada uno de los extremos. Ha señalado que fue la menor la que quiso besarlo, pero que “para nada pasó nada” puesto que él la apartó. “A la niña no le he tocado un pelo, no le he hecho nada”, ha dicho el acusado, que ha mostrado su deseo de que se pueda poner punto y final al caso tras cuatro años “viviendo con esto”. Ha incidido en que la relación con la menor y con su madre era “normal” y que cree que la menor se asustó cuando tras intentar besarlo, él le dijo que se lo contaría a su madre. “A lo mejor si no le hubiera dicho que se lo iba a decir a su madre no llevaría cuatro años viviendo esto”, ha dicho el acusado.

La madre de la menor, que sigue tutelada por la Junta de Andalucía, ha afirmado ante el tribunal que aunque inicialmente no creyó a su hija, luego sí que lo hizo y de hecho se ha personado como acusación particular en la causa. Ha mantenido que el acusado siempre las trató “de forma educada” y que el trato fue “bueno”, de ahí que cuando todo pasó ella se quedó “en estado de shock” porque se le hacía “muy difícil” creer que hubiera pasado, aunque con el tiempo se convenció de que su hija “decía la verdad”.

Tanto la madre como la tía de la niña han declarado que en un primer momento el acusado les reconoció que solo “se habían besado”, pero que no había pasado nada más. Por esos hechos el Ministerio Fiscal reclama una pena de once años de prisión como presunto autor de un delito de abuso sexual. A esa petición se ha adherido también la acusación particular y la Junta de Andalucía ya que la menor se encuentra bajo la tutela de la Administración autonómica tras haber sido declarada en desamparo.

SENTENCIA ANULADA

La sentencia absolutoria dictada en marzo de 2023 fue recurrida ante el TSJA por El Ministerio Fiscal al entender que la Audiencia de Jaén a la hora de dictar sentencia hizo “una valoración parcial e incompleta” de la declaración de la menor. Además, Fiscalía puso el acento en “la irracionalidad de los argumentos que expone la Audiencia para restar credibilidad a la menor cuestionando la fiabilidad de su relato, imputándole una pobreza de detalles y una serie de imprecisiones y contradicciones incluso con el contenido de los actos sexuales denunciados, que sin embargo no explica ni identifica en la sentencia”.

Asimismo, entendía el Ministerio Público que la declaración de la menor contaba con el apoyo de elementos de corroboración suficientes que fueron “infravalorados o malinterpretados por el tribunal”. Y así lo entendió también el TSJA que reflejó que la sentencia dictada en su día por la Sección Tercera de la Audiencia de Jaén “se queda muy corta al resumir las manifestaciones de la menor sobre la conducta de que le hizo objeto el acusado en su dormitorio la tarde de autos”.

Coincidía también el TSJA con la fiscal en “lo incomprensible de las objeciones que la sentencia pone a la seriedad del relato de la niña tildándolo de ‘pobre’ e ‘impreciso’ sin explicar por qué le merece a la Audiencia esos calificativos” cuando para el Alto Tribunal Andaluz “es justo lo contrario”. Por todo ello, el TSJA declaró la nulidad de la sentencia y del juicio oral que al tener que repetirse se ha vuelto a celebrar este martes en la Audiencia de Jaén con un tribunal diferente al primero, tal y como ordenó el Alto Tribunal Andaluz.

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