Tal y como publicó este periódico, hace veintiséis años, el 17 de agosto del 2000, en la comarca de Mágina existieron formaciones naturales de pino carrasco, y en los alrededores hubo repoblaciones de esta especie. Pero los ejemplares del Pinar de Cánava fueron de un tamaño excepcional y formaron bosquete. La forma de estos pinos carrascos más se parecían a los piñoneros con porte aparasolado. De ahí que desde la Delegación de Medio Ambiente se propuso su declaración como monumento natural. Según se indicó en la propuesta, los ejemplares más viejos, y en algunos casos senescentes, hicieron que existieran lugares adecuados para cría y nidificación de diferentes especies. Además, existieron unas densidades de fauna excepcionales, sobre todo aves insectívoras, palomas torcaces y fue un cazadero habitual del águila perdicera. Con todos estos datos, la junta rectora del Parque Natural de Sierra Mágina, junto con Medio Ambiente, pretenden una declaración con la que se pretende incidir en el regular estado de conservación de la zona. En opinión de los técnicos, hubo ejemplares que necesitaron un tratamiento de cirugía vegetal y troncos de árboles en el suelo. Además, el carril que pasó por medio fue una de las causas del desplome al descalzarse las raíces de los árboles. Esto hizo que la fragilidad fuera media, ya que los árboles podían ser dañados por fenómenos naturales como la nieve.
El Decreto 225/1999 de 9 de noviembre reguló la figura del monumento natural de Andalucía y es la disposición que llevó a cabo el desarrollo normativo de esta categoría, completando su régimen jurídico. En este decreto se habló de una figura que buscó el “consenso en el reconocimiento de los valores naturales singulares de la comunidad. Con él, se pretendió implicar a los ciudadanos en la protección de su patrimonio natural y cultural mediante el reconocimiento púbico que supuso la declaración de un espacio o elemento como monumento natural. Las 13,99 hectáreas de superficie estimada sobre las que se extendieron el Pinar de Cánava, hicieron que el carácter de esta norma permitiera arropar la conservación de los árboles que allí habitaron bajo esta figura. En ello estuvieron imputadas varias administraciones. Así, intervienieron el Ayuntamiento de Jimena por ser el propietario del monte y la Consejería de Medio Ambiente, al encontrarse en la parcela dos vías pecuarias. También hubo que reseñar que los alrededores del pinar son terrenos de cultivo.