Quioscos abiertos y con periódicos

La AMI aclara que el decreto ampara su apertura y la distribución de la prensa

20 mar 2020 / 18:52 H.
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Los quioscos de prensa y revistas seguirán abiertos, garantizando que la información llegue puntualmente a los ciudadanos cada día. Esta apertura preserva un derecho fundamental y está amparada por el decreto del estado de alarma aprobado por el Gobierno. La Asociación de Medios de Información (AMI), que representa a los medios de información españoles ante las instituciones y cuenta con más de 80 medios de información asociados, aclara esta cuestión a raíz de determinados cierres de establecimientos propiciados por actuaciones de agentes del orden público en distintos lugares del país. La AMI, informada por sus asociados de estas actuaciones, traslada a las administraciones concernidas que el cierre de estos establecimientos no se puede amparar en el decreto del estado de alarma. Los agentes habrían interpretado que el citado decreto justificaría su cierre.

“Desde el mayor de los respetos, AMI considera que esa interpretación, sin duda bienintencionada y animada por la determinación por proteger la salud pública, no es correcta”, dice la asociación. Explica, que el artículo 10 del Real Decreto 463/2020 establece un régimen general de suspensión de apertura al público de locales y establecimientos minoristas, pero prevé un conjunto de excepciones justificadas por razones de interés general. “Una de estas excepciones es, precisamente, la que se refiere a los establecimientos comerciales minoristas de prensa y papelería”, aclara.

En esta misma línea AMI indica que “los establecimientos de venta de prensa no están incluidos en el Anexo I del Real Decreto 463/2020, que recoge de manera exhaustiva la relación de equipamientos y actividades cuya apertura al público queda suspendida con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10 de la norma”.

Y concluye: “Los establecimientos de venta de prensa cumplen una función esencial en la protección de los derechos fundamentales de los españoles, en particular, el derecho a recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión consagrado en el artículo 20 de la Constitución”.

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