Nuevo revés judicial para el anterior secretario de Espeluy

Una sentencia da la razón a la mutua en relación la incapacidad del funcionario

05 ago 2019 / 11:14 H.

Los ecos del conflicto declarado, años atrás, entre el entonces secretario interventor del Ayuntamiento y el pueblo de Espeluy —incluidas las autoridades—, una situación desagradable para ambas partes, todavía reverberan. Si a principios de 2019 se conoció la exoneración total del anterior alcalde, el hoy diputado provincial Pedro Bruno, tras la denuncia del funcionario por acoso laboral y otros delitos, los diversos pleitos emprendidos deparan otro revés para el empleado público.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) revoca una sentencia del juzgado de lo Social número 2 de Jaén, que estimaba la demanda del trabajador contra la mutua y la Seguridad Social y determinaba que la incapacidad temporal comenzada en junio de 2015 fue derivada de un accidente de trabajo. Así se atiende el recurso planteado por Fremap. En los antecedentes del hecho, el TSJA recoge el difícil ambiente, con insultos, abucheos y pintadas con el ya exsecretario, así como los dictámenes psicológicos y los roces con otros trabajadores y responsables municipales, así como el resultado de los distintos pleitos —entre ellos sobreseimiento por delitos de injurias, calumnias y acusaciones falsas— emprendidos y gestiones relacionadas con la situación de baja y de incapacidad.

El tribunal destaca que ya la sentencia recurrida del juzgado jiennense determinó que no se apreciaba acoso laboral. Relativiza la influencia del panorama laboral.