La fiscalidad del olivar en España frente a la italiana

Los olivareros deben de pagar al Estado más tipos de impuestos y con un importe mucho más alto

07 sep 2017 / 10:48 H.

Carlos María López, catedrático de Derecho Financiero y Tributario en la Universidad de Jaén es el encargado de dirigir el encuentro “Fiscalidad del olivar y del aceite de oliva: España versus Italia”, un curso que se inauguró ayer en la UNIA y cuyo contenido es analizar la tributación del olivarero, la producción de aceitunas y cómo tributa la comercialización del aceite de oliva, para comprobar si el sistema que se aplica en España es el más correcto y su comparación con el sistema italiano.

López señala que, en el ámbito interno, la comercialización revela la situación del olivar, pues “el aceite de oliva en el IVA tributa al 10% y en Italia al 4%, teniendo igualmente tres escalones de tributación: 21 % general, 10 % reducido y 4 % súper reducido”. Cada Estado se encarga de decidir cuales son los bienes de primera necesidad y, en Italia, se considera que los aceites vegetales son un bien de primera necesidad (se le aplica un 4% de IVA); mientras que en España se le aplica un 10%, “eso ya dice que desde el estado no se está haciendo lo máximo por el sector de la oliva y no podemos mantenernos con un gravamen más alto que en Italia, ya que es nuestro principal competidor”, expone López.

En la tributación de un olivarero en el IRPF, el sistema que se aplica en Italia “es muchísimo más beneficioso”, según este catedrático. En España se pagan impuestos como el IBI del Ayuntamiento y el IRPF de las rentas que obtenga. Otro de los problemas que enfrentan los agricultores están en las plagas como la Xylella, que ya afecta a Alicante y las Islas Baleares. Así como su lucha constante contra la climatología, que puede causar estragos en las cosechas, unas catástrofes naturales que pueden recibir ayudas estatales.