El Gobierno ha acordado indultar de forma parcial al exalcalde de Linares, Juan Fernández. Esto conlleva la conmutación de la pena de prisión de tres años por otra de dos años por malversación de caudales públicos, aunque se mantiene la pena de inhabilitación de siete años.
Fernández, en declaraciones a Europa Press, ha expresado su profunda satisfacción y alivio tras confirmarse el indulto, una medida que ha calificado como una “cuestión de justicia”, al tiempo que ha agradecido los apoyos recibidos en favor de su indulto.
El exalcalde de Linares se ha mostrado visiblemente emocionado y “sin palabras” tras haber sufrido “tantas decepciones”, al tiempo que ha subrayado el “cariño y apoyo enorme” que sigue recibiendo diariamente en la calle, a pesar del tiempo que lleva fuera del Ayuntamiento.
En este sentido, ha destacado de manera especial la carta de apoyo de la Federación de Asociaciones de Vecinos de Linares, que reunió miles de firmas para pedir su indulto, así como el respaldo expreso del pleno del Ayuntamiento de Linares, del Partido Popular y de la dirección actual del que fuera su partido hasta su expulsión: el PSOE de Linares.
La solicitud de su indulto contaba con el informe favorable del tribunal sentenciador, el aval del grupo popular y el grupo socialista de Linares, el apoyo del Ayuntamiento de esta localidad y el de hasta 16 asociaciones de vecinos que recabaron firmas a su favor.
“Yo lo único que hice fue ponerme del lado del pueblo y de determinadas personas”, ha defendido el exalcalde, quien ha incidido en que su situación fue el resultado de una “vendetta” promovida por “personas concretas dentro de la política y no por siglas de partidos”.
Finalmente, el exalcalde ha lamentado el daño “gratuito” que este proceso ha causado a su entorno, señalando que su familia ha sido la que más ha sufrido a lo largo de este tiempo.
Fue en diciembre de 2025 cuando la Audiencia de Jaén aceptó suspender la entrada en prisión del exalcalde de Linares Juan Fernández mientras se resolvía su solicitud de indulto. Eso sí, en el auto se acotaba la suspensión al 30 de agosto de 2026, fecha tope para conocer el pronunciamiento del Consejo de Ministros.
Fue un jurado popular el que en marzo de 2023 declaró culpable a Juan Fernández, pero en su veredicto informó en sentido favorable de un indulto parcial, que ahora ha llegado.
Inicialmente fue condenado a cuatro años de prisión y diez de inhabilitación. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) rebajó la condena a tres años de cárcel y siete años de inhabilitación, mientras que el Supremo rechazó el recurso de casación por lo que la causa tuvo que regresar a la Audiencia para la ejecución de la sentencia.
Juan Fernández fue alcalde de Linares desde 1999 y además portavoz del Grupo Municipal Socialista desde 2011 hasta 2017. Durante el tiempo que ejerció la portavocía, el TS consideró probado que se apropió para su propio beneficio, sin estar legalmente autorizado y sin conocimiento ni consentimiento del Grupo Socialista, de una cantidad mensual de 1.700 euros, en metálico, mediante la emisión de cheques bancarios al portador con cargo a dos cuentas pertenecientes a dicho grupo y que se nutrían exclusivamente de la dotación económica recibida del Ayuntamiento.
La Sala del TS rechazó el argumento del exalcalde que sostenía en su recurso que no conocía el carácter público de los fondos. Según el TS, “destinar los fondos del grupo municipal a un sobresueldo para quien ostenta, con dedicación exclusiva, el cargo de alcalde, es un desvío ilícito de tales fondos”.
Añadió el Supremo que “se trata de una autoasignación mensual, por una cantidad constante, lo que aleja la finalidad del gasto de las atenciones propias del grupo municipal, no se trata de indemnizaciones por dietas o gastos derivados del ejercicio de actividades concretas propias del grupo”.
Durante todos estos años, Fernández ha venido sosteniendo que se encuentra donde está por poner a Linares por delante del que fue su partido, el PSOE, dando así lugar a “una traición e injusta persecución política y personal”.