Facilidades en 31 municipios para atajar la plaga de conejos
La Junta autoriza medidas cinegéticas especiales ante los daños en la agricultura
Los conejos representan, en algunas zonas, una verdadera plaga que asuela cultivos y balsas de riego, con pérdidas millonarias. El problema llega a tal punto que el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publicó, el viernes, una resolución que autoriza medidas cinegéticas excepcionales para controlar la superpoblación en el áreas del valle Guadalquivir y de La Campiña. En el caso de Jaén, los 31 municipios afectados son Andújar, Marmolejo y Villanueva de la Reina —en la parte situada al sur del Guadalquivir—, Arjona, Arjonilla, Baeza, Begíjar, Canena, Cazalilla, Espeluy, Fuerte del Rey, Higuera de Calatrava, Ibros, Jabalquinto, Jaén, Jimena, Lahiguera, Lopera, Lupión, Mancha Real, Martos, Mengíbar, Porcuna, Rus, Sabiote, Santiago de Calatrava, Torreblascopedro, Torredonjimeno, Torreperogil, Úbeda y Villatorres.
El texto del BOJA deja claro que la iniciativa estará en marcha hasta el final de la temporada cinegética 2019-2020, aunque podrá quedar suspendida en su conjunto o en parte de los términos municipales en el momento en que se constate la desaparición de las causas que motivan la declaración. En cuanto a los medios autorizados son tres. El primero, el uso de hurón o redes para captura en vivo permitida toda la temporada. Por otro lado, se permiten las armas de fuego. En este caso, el periodo hábil se amplía entre el 24 de noviembre y el 26 de abril, con los jueves, sábados y domingos como días hábiles. Se estipula que el titular cinegético sea especialmente cuidadoso para evitar un perjuicio al resto de especies silvestres. La disposición fija, con carácter general, en cinco cazadores por cada 250 hectáreas y jornada, con la opción de aumentar la cifra en dos personas por fracción de cien hectáreas. El empleo de perros se ampliará desde el 24 de noviembre hasta el 9 de febrero, con un tope de tres animales por cada miembro de la batida. En tercer lugar se contempla la cetrería, entre el 24 de noviembre y el 26 de abril. La Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible cuenta con potestad para autorizar execpcionalmente otros medios de captura, conforme a la legislación.
Dentro del contenido de la resolución del BOJA, para facilitar la correcta aplicación de las medidas y aumentar su efectividad, quedan suspendidas la suelta y la repoblación de conejos silvestres incluidos en los planes técnicos de caza en los cotos de los términos a los que atañe la disposición. Por otro lado, cuando el destino de los roedores capturados sea para repoblación de otros lugares deberá cumplirse la normativa en cuanto a transporte y comercialización en vivo, con comunicación a la Junta del punto de la suelta. Los cotos acogidos a las medidas excepcionales recogerán, como anexo a la memoria anual de actividades, un resumen de los resultados, con especificación de los medios de captura, el número de cazadores y el participantes en la captura, así como el número de piezas conseguirdas y otra información relevante.