Condenado un ganadero a una multa de 4.500 euros por usar un borrego como cebo envenenado en Mágina

El Ministerio Fiscal solicitaba que se impusiera al acusado una pena de dos años y medio de prisión

01 nov 2020 / 14:27 H.
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El Juzgado de lo Penal número 1 de Jaén ha condenado a un ganadero, C.T.M., al pago de una multa de 4.500 euros como autor de un delito contra la fauna en espacio protegido. En concreto, se le condena por haber colocado como cebo en un paraje del Parque Natural de Sierra Mágina el cadáver de un borrego al que le añadió un compuesto venenoso con el fin de "ocasionar la muerte de los animales silvestres, depredadores o carroñeros" que ingirieran la carne.

Los hechos, según recoge la sentencia a la que ha accedido Europa Press, tuvieron lugar entre finales de mayo y principios de junio de 2016, en el paraje senda de Miramundos-Mohilla-Hoyo Laguna, entre los términos municipales de Huelma y Albanchez de Mágina, y en pleno Parque Natural de Sierra Mágina.

En el apartado de hechos probados se apunta que el acusado "colgó en las inmediaciones del lugar en el que se encuentra su explotación ganadera el cadáver de un borrego boca abajo en una rama mediante una cuerda atada a una de las patas traseras, al que le añadió un compuesto formado por Carbofurano y Metiocarb, sustancias altamente tóxicas susceptibles de causar grave daño y la muerte de la fauna".

Añade que el objetivo era "utilizarlo como cebo y ocasionar la muerte de los animales silvestres, depredadores o carroñeros, existentes en el espacio natural protegido que lo comieran". Por ello, señala la magistrada que el empleo de métodos con 'eficacia destructiva' o 'no selectiva para la fauna' le lleva a condenar a este ganadero no por las especies cazadas ya que no se le ha hecho responsable de la muerte de ningún animal, sino por el daño que se puede provocar a la biodiversidad al emplear medios prohibidos.

Durante el juicio, los peritos llegaron a la conclusión que el borrego servía de cebo puesto que "los cortes que tenía en el cuello no era de una mordida de ningún animal, sino realizado por cuchillo o navaja y en el interior colocaron Carbufonaro". Se trata de un veneno que en pequeñas dosis puede matar a una persona de 70 kilos, siendo una sustancia por ello altamente tóxica y por ende prohibida.

La magistrada considera que hay prueba indiciaria suficiente para desvirtuar el principio de presunción de inocencia y sentenciar que el acusado es el responsable de haber colocado el cordero como cebo envenenado. No obstante, también apunta que "hay mas de una persona que ha utilizado estas sustancias a la vista del exhaustivo atestado de los agentes de Medio Ambiente y de la localización de diversas piezas envenenadas". De hecho, alude en su fallo que "desde 2001 se están produciendo muertes por envenenamiento en los distintos cotos ubicados en el Parque Natural de Sierra Mágina.

Por su parte, el acusado durante el juicio que colocó el cordero como cebo después para cazar a una zorra que andaba merodeando por la zona y que le había matado dos corderos, pero negó haber envenenado el cebo, al tiempo que derivó la responsabilidad a los guardas de los cotos que andan por la zona.

Aunque la Junta de Andalucía, al igual que el Ministerio Fiscal, solicitaban que se impusiera al acusado una pena de dos años y medio de prisión, finalmente, la magistrada ha dejado la condena en el pago de una multa de 4.500 euros al tiempo que inhabilita al procesado por un tiempo de tres años para la profesión u oficio de ganadero y para el derecho de cazar y pescar. La sentencia no es firme y cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Jaén.

PLAN DE CONTROL EN COTOS

La Consejería de Agricultura, Pesca, Ganadería y Desarrollo Sostenible ha ejercido la acusación particular en esta causa. Y es que en el mismo tiempo en el que se produjeron los hechos sentenciados murieron envenenados dos quebrantahuesos, 'Zafra' y 'Bujaraiza', en el Parque Natural de Sierra Mágina, junto a un buitre negro, un águila real y numerosos ejemplares de garduña, jineta y zorro.

La Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía ha impulsado un plan especial de control y seguimiento para detectar artes prohibidas en los cotos de la provincia de Jaén.

Dentro del plan especial, durante el primer semestre de este año, se han realizado 40 inspecciones, que se han desarrollado en 36 cotos de caza, dos granjas cinegéticas, una explotación ganadera y en terreno en el que no se desarrolla actividad cinegética de 32 municipios.

Como resultado de estas inspecciones, han sido localizados y decomisados 51 lazos y una jaula trampa. Además, se han encontrado diez cadáveres de zorro cuya muerte está directamente relacionada con el empleo de estas artes; un zorro y dos jinetas, muertos por envenenamiento, y otros tres cadáveres de zorro, dos lagartos ocelados y un perro cuya muerte aún no ha sido aclarada. Asimismo, se localizó aún vivo a un ejemplar de zorro atrapado en un lazo, que fue liberado.

Las inspecciones han sido desarrolladas por agentes de Medio Ambiente, que han estado asistidos por agentes especializados pertenecientes a la Brigada de Investigación de Venenos. En ocasiones, se han utilizado perros adiestrados en la detección de veneno en el medio natural pertenecientes a la Unidad Canina Especializada. También han participado igualmente técnicos de la Estrategia Andaluza contra el Veneno y miembros del Seprona de la Guardia Civil.

En las sanciones por el empleo de veneno y artes ilegales de caza se contemplan penas de prisión cuatro meses a dos años o multa de ocho a 24 meses, la inhabilitación especial para profesión u oficio e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho a cazar o pescar por tiempo de uno a tres años.

Por otro lado, por la vía administrativa, las sanciones por el uso del veneno van de los 60.101 a 300.506 euros por usar o comercializar artes ilegales de caza de 601 a 60.101 euros, y por tenencia de artes ilegales de caza de 60 a 601 euros. Además de todas estas sanciones se puede complementar con la suspensión cautelar de la actividad cinegética del coto afectado o del aprovechamiento ganadero del monte público.

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