Casi en la cárcel por error

La Audiencia revoca la condena a un joven por un tirón que no cometió

29 dic 2019 / 16:24 H.
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J. A. B. es un joven alcalaíno con muchos problemas al que la vida no ha tratado bien. Ha estado a punto de volver a prisión por un delito del que era totalmente inocente. Por suerte, la Justicia fue más fuerte que el prejuicio.

Los hechos se remontan al 11 de mayo de 2017, cuando un hombre denunció que había sufrido un tirón muy cerca de una oficina bancaria situada en la Avenida de Andalucía. Aseguró que alguien le había arrebatado un bolso de tipo bandolera en el que llevaba los trescientos euros que acababa de retirar del cajero de la sucursal y un móvil valorado en 45.

En el proceso de instrucción, identificó al autor con J. A. B. En su escrito de acusación la Fiscalía pedía dos años de cárcel por robo con violencia Un juzgado de lo Penal de Jaén lo vio ajustado e impuso al joven esa pena.

La abogada de J. A. B. indica que al salir de la sala el perjudicado se dio cuenta de que se había equivocado. Indica que, no obstante, el juzgado de lo Penal y el de Instrucción no admitieron la solicitud de su cliente de hacer una comparecencia. Por ese motivo, dice, se vieron obligados a presentar un recurso de apelación.

La nueva vista se celebró en la Audiencia Provincial de Jaén. La letrada explica que la víctima se desdijo y rectificó su declaración en la que inculpaba a J. A. B. De hecho, según la jurista, el Ministerio Fiscal llegó a pedir que se dedujera testimonio por la falsa acusación. Finalmente, el veredicto, ya firme, es absolutorio, de manera que el joven no irá a prisión.

La abogada denuncia las “irregularidades bastante importantes”, que, en su opinión, rodean el caso. Para empezar, esgrime que se condenó a su representado sin más prueba de cargo que la declaración contradictoria del perjudicado, máxime cuando no coincidía en edad, estatura o complexión con él. En segundo lugar, manifiesta que se le tomó declaración como investigado sin la preceptiva asistencia letrada. Ella pidió la nulidad por ese motivo, pero no se tuvo en cuenta. Igualmente, señala que la persona que presentó la denuncia nunca aportó recibo o resguardo de los trescientos euros que sacó del cajero. A la profesional de la abogacía también le llama la atención que pese a ser un lugar muy transitado, no aparecieran testigos y que el empleado de la oficina bancaria, “con visión directa al cajero”, dijo que no había escuchado ni observado nada.

Asimismo, la defensora asevera que J. A. B. permaneció entre los días 11 y 13 de mayo de 2017 en Atarfe (Granada). Apunta que lo llevó hasta allí su tía y que luego volvió en autobús junto con su novia. Ni el billete ni el tique de compra de un conocido supermercado del municipio de la Vega fueron tenidos en cuenta “aunque fuera como un indicio” en la causa instruida por este asunto.

Alcalá