La Justicia desestima el recurso contra el parque “Jaén Plaza”

Fue presentado por Hacienda Las Cuevas, que promovía otro centro comercial

03 jul 2019 / 11:01 H.

Julio de 2011. José Enrique Fernández de Moya, que apenas llevaba un mes como alcalde de Jaén, anunciaba a bombo y platillo la construcción de un centro comercial en Vaciacostales. Se iba a llamar “Parque Comercial Santo Reino”, sería construido por Bogaris y estaría ubicado en una parcela de 160.000 metros cuadrados entre las cocheras del tranvía y el Polígono de Los Olivares y propiedad de la empresa “Hacienda Las Cuevas”. Apenas quince meses después, el alcalde jiennense presentaba otro macrocentro comercial. Se trata del Jaén Plaza, impulsado por el Grupo Alvores en “Las Lagunillas”, frente a la Universidad, y cuya primera fase abrirá en otoño.

“Hacienda Las Cuevas” no se quedó de brazos cruzados y acudió a los tribunales. Entendía que contaban con una cláusula de exclusividad, es decir, en la ciudad no se podía levantar otro centro comercial. Por ello, en marzo de 2017, presentaron un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía contra el Ayuntamiento, la Junta de Andalucía y el Grupo Alvores. Entre otras cuestiones, los propietarios de los terrenos donde se proyectó el Parque Comercial Santo Reino pidieron la nulidad de la revisión del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), realizada en abril del año 2016, por la que se calificó como suelo urbano la parcela donde se construye el “Jaén Plaza”, ubicada en el denominado sector SURO-6.

Más de dos años después de interponer la demanda judicial, la Justicia se ha pronunciado. El Alto Tribunal andaluz ha desestimado íntegramente el recurso planteado por Hacienda Las Cuevas. Según informa Alvores en un comunicado, la Sala Cuarta da la razón “a los argumentos y fundamentos esgrimidos por la Junta de Andalucía, el Ayuntamiento de Jaén y la propia compañía que promueve el Jaén Plaza”.

En concreto, en la resolución judicial, publicada el 25 de junio, se tratan y resuelven todas y cada una de las cuestiones suscitadas en la demanda presentada por Hacienda Las Cuevas. Todas han sido rechazadas, según explica Alvores, con lo que se da la razón a los argumentos esgrimidos por este grupo almeriense y por la Administración local.

La sentencia resuelve en sus fundamentos de derecho, entre otras, cuestiones como la procedencia y la legalidad del convenio urbanístico formalizado por el Ayuntamiento jiennense y la promotora del Jaén Plaza, habiéndose motivado de forma “suficiente y adecuada” las decisiones tomadas en ese acuerdo en relación al planeamiento urbanístico de la ciudad. En la resolución se constata, asimismo, el cumplimiento del procedimiento legal establecido en la tramitación de la incorporación de los terrenos del sector SURO-6 al PGOU de Jaén y la ordenación pormenorizada del suelo, se verifica la corrección de la valoración del aprovechamiento medio contenido en el convenio urbanístico y se rechazan de plano las alegaciones de Hacienda Las Cuevas respecto a los informes de la Dirección General de Comercio y la falta de capacidad de acoger el municipio más de una gran superficie minorista, achacándole la sentencia que la interpretación realizada por esta promotora es “parcial y no responde a la realidad”. La sentencia no es firme y es recurrible ante el Supremo, en un plazo máximo de 30 días.