¿Vuelve el orden público?

    30 oct 2019 / 10:18 H.
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    Recuerdan el top? Parecía que en España habíamos superado el concepto autoritario de “orden público” y sus desafortunadas connotaciones, felizmente desaparecidas del ordenamiento jurídico constitucional. La seguridad ciudadana es más amplia y comprende todas las obligaciones —positivas no de represión— que el Estado democrático tiene de mantener niveles aceptables de seguridad para facilitar a los ciudadanos el ejercicio de los derechos y libertades individuales; así aparece en el artículo 104 de la Constitución, con más contenido que la mención al orden público que figura como límite de la libertad ideológica en el artículo 16.1. Sánchez y Marlaska califican de alteración de orden público para minimizar las algaradas y el estallido violento en Cataluña; a estos nuevos exegetas les ha venido muy bien el camino abierto por el Tribunal Supremo que, en la sentencia del “procés”, con tan poca fortuna, califica de “ensoñaciones” los propósitos golpistas de los políticos delincuentes cerrando los ojos a la más que evidente violencia. Malos tiempos corren si por razones políticas se manosean conceptos jurídicos y se yerra en el bien jurídico a proteger. ¿No es eso uso alternativo del Derecho?

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