Una sentencia necesaria

15 feb 2023 / 08:57 H.
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Después de casi trece años, el Tribunal Constitucional ha declarado plenamente constitucional la Ley del aborto aprobada por el gobierno de Zapatero. Es una buena noticia dejar cerrado este asunto para siempre y no volver a cuestionamientos políticos y morales pues debe ser un debate superado en un estado de derecho. La ley de salud sexual y reproductiva e interrupción voluntaria del embarazo fue uno de los proyectos más importantes abordados por el primer Ministerio de Igualdad liderado por Bibiana Aído. Tuve la oportunidad de formar parte de aquel primer equipo ministerial y desde mi responsabilidad como secretaria general, me tocó liderar un grupo de personas expertas con las que estuvimos trabajando más de un año para diseñar y elaborar una ley incuestionable jurídica y políticamente. Creo que el proceso fue impecable. La actual ley era una asignatura pendiente en nuestro estado de derecho. Hasta entonces no contábamos con una regulación acorde con el marco legal internacional propuesto por Naciones Unidas y la OMS. Además, la regulación de 1985 adolecía de los instrumentos necesarios para proteger adecuadamente el derecho de las mujeres a decidir libremente sobre su maternidad, y al mismo tiempo tampoco prevenía posibles abusos y malas prácticas detectadas en los últimos años. Éramos el último país de la UE en contar con una ley garantista sobre la salud sexual y reproductiva de las mujeres. Por otro lado, había que sacar de una vez la interrupción voluntaria del embarazo del código penal, pues los valores de la sociedad española habían cambiado y como reconoce el propio Arnaldo en su informe, la experiencia ha demostrado que la protección de la vida prenatal es más eficaz a través de políticas activas de apoyo a las mujeres embarazadas y a la maternidad en lugar de hacerlo castigando a las mujeres.

No fue una tarea fácil, hubo que tener en cuenta la sentencia del Tribunal Constitucional de 1985, y todo el derecho comparado en la Unión Europea. En base a todo ello y al informe del Consejo de Estado, se aprobó una ley de plazos e indicaciones que recogía todos los supuestos previsibles, y la fórmula más adecuada para hacerlo. Se reconocía plenamente el derecho a la maternidad libremente decidida de las mujeres, y al mismo tiempo se protegía adecuadamente el derecho del bien jurídico no nacido, articulando bien los procesos en base a la viabilidad fetal. Tengo que felicitar al equipo de constitucionalistas y penalistas que formaron parte del grupo, por encontrar el mejor encaje jurídico posible para hacer una ley totalmente compatible con nuestro marco constitucional. Los magistrados conservadores del TC no han sido capaces de encontrar argumentos jurídicos para anular la ley en estos años. Esperamos ya por fin el nuevo informe en las próximas semanas y con él sería deseable acabar ya con este episodio. El recurso de inconstitucional nunca debió presentarse, pues el propio PP ya sabía que esta norma es imprescindible en nuestro estado de derecho y era plenamente constitucional. Con la ley ha bajado el número de embarazos no deseados e interrupciones voluntarias de embarazo, principal objetivo, y sobre todo ha desaparecido para siempre la sombra del código penal para quienes, por motivos difíciles siempre, deciden interrumpir su embarazo. La decisión de tener hijos y cuándo tenerlos constituye uno de los asuntos más íntimos y personales que las personas afrontan a lo largo de sus vidas, y es un derecho fundamental.

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