Manos de otras tierras
Como cada 10 de diciembre, en conmemoración del Día Mundial de los Derechos Humanos, suelo releer la Declaración Universal que los contiene. En esta ocasión, fueron los artículos 23 y 24 los que acapararon toda mi atención. Todas las personas tenemos derecho al trabajo, a elegirlo en igualdad de condiciones, a recibir por él una retribución justa y satisfactoria, y a la defensa de nuestros intereses. Asimismo, todas las personas tenemos derecho a una jornada laboral limitada y a vacaciones retribuidas. Todo esto es aplicable a cualquier trabajo, desde el que realiza una persona empleada de hogar, hasta el que desempeña un alto cargo ejecutivo en una multinacional. Por ende, esto es aplicable a cualquier persona en edad de trabajar, tanto a las nacionales como a las extranjeras que emigran de su país para trabajar por cuenta ajena en otro territorio, en su mayoría, ocupando puestos de trabajo de difícil cobertura: peones agrícolas y agropecuarios, hostelería, personal de limpieza y cuidadores personales a domicilio, entre otros muchos. Por ello, no entiendo que se demonice la inmigración, siendo la tabla de salvación del modelo de bienestar de un país que envejece irremediablemente.