El dilema del prisionero

    26 jul 2021 / 16:52 H.
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    Se considera a Adam Smith como el fundador de la ciencia económica, ya que fue el primero en desarrollar de manera coherente las ventajas de la libertad de producción y de consumo, con carácter general, así como la idea de que en el mundo económico existe una regularidad. En su libro “La riqueza de las naciones” (1786) sostuvo que en el sistema económico había un orden y proclamó el principio de la “mano invisible”, según el cual todo individuo, al buscar egoístamente solo su propio bien personal, actúa como si fuera dirigido por una “mano invisible” a lograr lo mejor para todos. Lo que el economista escocés no llegó a desarrollar es que mediante una estrategia de cooperación se puede llegar a mejores resultados que actuando exclusivamente con un interés egoísta. Ciertamente, los efectos beneficiosos de la búsqueda del interés propio no surgen en todas las circunstancias sociales, tal y como se comprueba en el “dilema del prisionero”.

    Desarrollado inicialmente por Merrill M. Flood y Melvin Dresher en 1950, fue Albert W. Tucker quién formuló el “dilema del prisionero” en 1995, mediante las técnicas de análisis de la teoría de juegos, llegando a matizar, si no a contradecir, a Adam Smith. El planteamiento es el siguiente: La policía arresta a dos sospechosos de haber cometido un delito conjunto. El juez de instrucción (o el fiscal), que no tiene pruebas suficientes para imputarlos y condenarlos, los entrevista por separado y les dice que tiene indicios suficientes para enviarlos a la cárcel durante un año. No obstante, al delincuente A le ofrece que si confiesa el delito hará un trato con él y será puesto en libertad, mientras que a su compañero lo condenará a diez años. Ahora bien, si ambos confiesan, los dos recibirán una condena de cinco años. Si ninguno confiesa la pena será de un año para cada uno. El mismo trato le es ofrecido al delincuente B por separado.

    ¿Qué debe hacer el prisionero A? ¿Debe confesar y confiar en que el B no confiese y entonces él será puesto en libertad? Eso es mucho mejor que no confesar y ser condenado a un año de cárcel, eso suponiendo que el B no confiese tampoco. Sin embargo, si el B confiesa y el A no lo hace, se arriesga a una condena de diez años. Entonces, piensa, será mejor no confesar, aunque si el otro tampoco confiesa la condena será de un año para ambos. Al sospechoso B, obviamente, se le presentan los mismos dilemas.

    La consecuencia que sacamos de esto no es otra que cuando ambos prisioneros actúan de forma egoísta, confesando para librarse de la cárcel, el resultado es el de una condena de cinco años para cada uno. Si hubieran actuado de forma cooperativa, negando su participación en el delito, la condena hubiera sido de un año. En la vida real nos encontramos con muchas situaciones que se parecen al “dilema del prisionero”. Por ejemplo, en un país en que la contaminación del aire no estuviera regulada, si hay una única empresa altruista que limpia todas las partículas de su propio sulfuro vertido, se verá abocada a la quiebra al incurrir en mayores costes que sus competidoras. Este sería uno de tantos casos en que se destruye el mecanismo de la “mano invisible” de la competencia perfecta eficiente. En estas circunstancias, el papel del Estado debe ser el de conseguir que las empresas cooperen y entre todas disminuyan los vertidos contaminantes, obviamente a través de mecanismos coercitivos.

    Volviendo a nuestro dilema, la única solución lógica sería que los prisioneros cooperaran entre sí, que es lo que les proporcionaría un mayor beneficio común, mientras que la actuación egoísta les podría suponer una pena más elevada. Ahora bien, la cooperación también puede ser perjudicial para la sociedad. Por ejemplo, cuando dos empresas hacen una colusión tácita en mercados competitivos, repartiéndose los mismos, el perjudicado será el consumidor, que no se verá beneficiado por la previsible reducción de precios que supondría la libre competencia. En suma, en el mundo actual la “mano invisible” de Adam Smith requiere de la acción correctora y reequilibradora del Estado.

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