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CAMBIAMOS DE PIEL, NO DE ESENCIA

El aborto y reforma constitucional

Hace dos años escribí de la pretensión gubernamental jaleada ideológicamente de elevar a derecho constitucional la facultad indiscriminada de la mujer de abortar; algo que para el constituyente no era un derecho subjetivo, sino posible causa de exclusión de la pena; aquello no llegó a ninguna parte más allá del fin buscado: hacer ruido. Ahora el Gobierno vuelve por sus fueros con un nuevo brindis al sol que pueda darle votos; ya que no puede reformar lo central de la Constitución —los derechos fundamentales del Título I y, entre ellos, el derecho a la vida (artículo 15)—, lo intenta por la puerta falsa, incluyendo la interrupción del embarazo en el artículo 43, que contiene el derecho a la protección de la salud de la mujer ¿el aborto es saludable? No tiene el Ejecutivo votos para aprobar algo que supone cambiar la Carta Magna y, mucho menos, crear o suprimir derechos fundamentales. Ignoro si quedan incautos que engañar, pero es mal síntoma utilizar estos temas tan serios sin rigor alguno en el debate político con fines electorales. El aborto no es, ni puede ser, un bien en sí mismo; es una desgracia que en modo alguno puede configurarse como derecho fundamental, ni su sucedáneo.