El 2 por ciento

    31 mar 2021 / 10:19 H.
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    La Constitución, en su artículo 49, expresa claramente que los poderes públicos no solo realizarán políticas de integración hacia las personas con discapacidad, sino que también ampararán especialmente el disfrute de sus derechos, entre los que se encuentra el derecho al trabajo. La piedra angular de todo el sistema de igualdad de oportunidades de nuestro país se encuentra en el mítico artículo 14 de nuestra Carta Magna, que consagra la igualdad de todos nosotros, sin que pueda existir discriminación por cualquier circunstancia personal. El artículo 59 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público tutela el acceso al empleo público a personas con discapacidad, de manera que impone la reserva de un mínimo del 2% de las plazas de cualquier oferta de empleo público para que sean cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual. Y el artículo 2 de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, define la igualdad de oportunidades como la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de discapacidad, así como desarrolla qué son las medidas de acción positiva. Teniendo en cuenta todo lo anterior, trataré de poner unos ejemplos. Una medida de acción positiva, por la que se trata de compensar las desventajas derivadas de la discapacidad y acelerar la igualdad de hecho, es la oferta de empleo público de varias universidades andaluzas cumpliendo con el cupo del 2% para personas con discapacidad intelectual, para perfiles accesibles a sus capacidades, con temarios adaptados, llegando incluso al extremo de promover convocatorias exclusivas para dichas personas. Me temo que en la Diputación de Jaén, en convocatorias de ordenanzas o auxiliares administrativos, pueda darse una discriminación indirecta al convocarlas sin promover la adaptación del temario. Y me temo igualmente que en la Universidad de Jaén pueda existir una discriminación directa cuando no se incluye el cupo mínimo del 2% en las convocatorias de ordenanzas y auxiliares.

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