Árbitro y prevaricación

15 sep 2019 / 11:09 H.

Uno se pregunta si el fútbol tiene la categoría de opio para el pueblo, como sostenían los teóricos del comunismo respecto de la religión, o también como lo utilizaba Franco cada uno de mayo. O tal vez, sea yo mismo el que busco la adormidera ante este septiembre de pacto fallido y tan pertinaz lucha fratricida de la izquierda. Y sea lo que sea, se me ocurre en mi fuga hacia la distensión, que, en el fútbol, pueden existir y al parecer existen prevaricaciones. Como es obvio, hablo de jueces-árbitros; el linier es un juez de línea pero los árbitros son jueces del desarrollo integral del juego, dado que su criterio prevalece sobre cualquier otro acto. Él es quien amonesta, sanciona, expulsa de un partido de fútbol, quien decreta el inicio o la terminación de un partido, etcétera.

La condición que ostenta es la de un juez, aunque en escenario distinto al jurisdiccional. Pero en sede administrativa se le exige absoluta independencia, por lo que el árbitro-juez ha de ponderar las actuaciones de cada jugador, emitir en su caso, un veredicto de inocencia o culpabilidad en cada uno de los trances del juego y ello con independencia de los criterios generales que emitan otros órganos colegiados que solo cumplen función de asesoramiento que jamás debe ser extensible a la función punitiva, de suerte que invada la independencia de un juez.

Es doctrina general que el derecho punitivo, en sede administrativa, debe estar informado por los principios que rigen el derecho penal, según mandato de nuestra Constitución. No toda lesión de un jugador perpetrada por otro jugador debe llevar aparejada una sanción, si falta la intencionalidad, lo que en términos jurídicos-penales se denomina elemento subjetivo del injusto. Cierto que pueden concurrir circunstancias por las que se presuponga la intencionalidad (brazos separados del cuerpo para decretar un penalti) pero solo eso que es forma de deducir que ha existido voluntariedad. Lo que jamás puede concluirse es que toda lesión que se produzca a un jugador, por detrás, en el talón sea expulsión, con independencia de que exista o no voluntariedad, ánimo de agresión, caso fortuito.... En todo caso, tales incidentes deben ser ponderados por el árbitro, aunque tal o cual comité de árbitros establezcan una aplicación automática de la sanción de expulsión. Se olvidan de la necesaria concurrencia de la culpabilidad, lo que puede constituir una actuación prevaricadora.

Y después de esta pequeña digresión, no sé por qué presumo ante tanto desvarío que la izquierda, en el mes de noviembre, va a perder por diez a cero.