Dos años de cárcel para El Mingli por atentar contra el alcalde accidental de Rus

José V. M. abordó a Juan Ignacio López al grito de “traidor” y le sacó una navaja

22 ene 2026 / 19:06 H.
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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén condena a José V. M., más conocido como El Mingli, a dos años de cárcel y multa de 7 meses a razón de 6 euros al día por un delito de atentado contra Juan Ignacio López, concejal del Ayuntamiento de Rus, que en el momento de los hechos era alcalde accidental del pueblo por ausencia del titular. El tribunal, presidido por la magistrada Esperanza Pérez Espino, da plena credibilidad al testimonio del denunciante, que es “verosímil, lógico y se apoya en datos objetivos”.

En un resumen del capítulo de hechos probados, cabe destacar que, el 2 de noviembre de 2023, José V. M. abordó al teniente de alcalde de Rus cuando salía del Ayuntamiento y le dijo: “Traidor, te tengo que matar, te vas a enterar”. Lo hizo mientras sacaba del bolsillo de su cazadora una navaja de grandes dimensiones, momento en el que Juan Ignacio huyó y se refugió en la rebotica de una farmacia cercana, desde donde llamó a la Guardia Civil. El Mingli abandonó el establecimiento y, más tarde, volvió al Ayuntamiento, donde manifestó que quería hablar con el alcalde. Allí fue detenido.

La sentencia recuerda que El Mingli declaró que “estaba enfadado por ser relegado en las listas de empleo del Ayuntamiento, de lo que acusaba a los actuales responsables, entre los que estaba la víctima, al que achacaba además haber abandonado una formación política para abanderar otra y entregar la Alcaldía a otro partido, lo cual justifica la expresión de ‘traidor’ que le dijo el acusado a la víctima” en el momento de agredirlo con una navaja, por lo que, para los jueces, “no cabe duda de que el ataque se produjo con ocasión de las funciones que la víctima ejercía en la Corporación municipal [...] con un claro propósito de menoscabar el ejercicio de dichas funciones públicas”. Ese es el “quid” de que la condena sea por un delito de atentado y no de amenazas, petición de la acusación particular —ejercida por el letrado Francisco Javier Pulido— a la que acabó por adherirse la Fiscalía.

Javier Pulido, abogado de la acusación: “La sentencia es útil desde la generalidad”

“Es una sentencia muy útil desde el punto de vista de la generalidad”, asegura Francisco Javier Pulido, abogado de la acusación particular, que valora la decisión de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén. Sobre el delito de atentado que aprecia el tribunal, manifiesta: “La sentencia es útil porque reconoce que los integrantes de las corporaciones municipales están comprendidos. Considero que es importante y de utilidad para que cualquiera que amenace, acometa o agrega a un representante de una Corporación local sepa que puede enfrentarse a un delito de atentado. Igualmente, es útil para un concejal de cualquier ayuntamiento que se vea envuelto en situaciones parecidas”. En este mismo sentido, Pulido Moreno valora que el Ministerio Fiscal se adhiriera a la calificación del delito de atentado tras la celebración de la vista el 9 de enero.

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