Burdo fraude eléctrico en Torredelcampo

Condena a la mujer y el varón que cambiaron de compañía al Ayuntamiento

11 ago 2025 / 06:00 H.
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Hay historias reales que parecen propias de un enrevesado guion. Es lo que ha ocurrido con un fraude que tuvo como víctima al Ayuntamiento de Toredelcampo. En mayo y junio de 2022, un matrimonio natural del municipio puesto de común acuerdo —ella trabajadora de una compañía de telefonía en Martos— realizaron el cambio del suministro eléctrico de la Administración local torrecampeña, que pasó a estar contratada con una compañía. Para ello, mediante medios telemáticos falsificaron la firma del responsable de Contratación del Ayuntamiento. La confirmación de la modificación en el contrato se hizo a través del móvil del marido. El perjuicio se calculó en 82. 278,71 euros, pues no solo se perdieron las ventajas de fidelidad del anterior suministrador del servicio, sino que se sufrieron los efectos de las modificaciones legislativas para la cuantificación del gasto eléctrico realizado.

Finalmente, el castigo se materializó a través de una conformidad, con adhesión de la Fiscalía y la acusación particular. A la mujer, como autora de un delito continuado de falsedad en documento mercantil, se le impone la pena, de veintiún meses de prisión y multa de nueve meses y un día con cuota diaria de tres euros —813 euros—. A él, le corresponden seis meses de cárcel y multa de seis meses y un día con cuota de tres euros —543—. Deben abonar las costas, inclusive de la acusación particular. En concepto de responsabilidad civil deberán, solidariamente, indemnizar al Ayuntamiento de Torredelcampo la cantidad de 86.27871 euros, de los cuales 7.000 euros ya han sido consignados en la cuenta de la sala. Además, 8.000 euros habrán de satisfacerse en veinticuatro mensualidades, a razón de 355 euros cada una, y el resto abonará en la forma establecida en escritura publica fechada el 5 de marzo de 2025. Para el cumplimiento de la pena de prisión impuesta se tendrá en cuenta el tiempo de privación de libertad por la causa. A la encausada le constan antecedentes por sentencia de 2019, ya firme, por falsedad en documento público. Durante la instrucción de la causa, se investigó la posible comisión también de los ilícitos de usurpación y estafa.

Los procesados, a través de su abogado defensor, se adhirieron, al abrirse la vista oral, a la calificación expresada por la Fiscalía y la acusación particular —el propio Ayuntamiento—, de manera que ninguna de las partes consideró necesario que siguiera el juicio. Los reos tendrán responsabilidad personal subsidiaria en caso de que no paguen las cuotas correspondientes a la sanción penal.

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