Prudencia ante un fallo judicial

    25 nov 2025 / 08:25 H.
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    El Tribunal Supremo condenó la semana pasada al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, a dos años de inhabilitación por un delito de revelación de secretos contra Alberto González Amador, novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso. El fallo, además de apartarle del cargo de jefe del Ministerio Público, puede llegar a costarle la expulsión de la carrera fiscal. Los juristas sostienen que, aunque la pena se acote al cargo de fiscal general, cuando pierda tal condición deberá pedir su reingreso en la carrera, ya que en este momento se encuentra en lo que se conoce como servicios especiales. Será necesario, en cualquier caso, esperar al contenido íntegro de la sentencia para comprobar si el tribunal concreta el ámbito de aplicación de la condena acordada, una resolución que ni siquiera el protagonista conoce mientras hay quienes celebran el fallo como una auténtica victoria política. Hasta ahora, sólo ha trascendido un párrafo: “Debemos condenar y condenamos a García Ortiz, fiscal general del Estado, como autor de un delito de revelación de datos reservados, del artículo 417.1 del Código Penal, a la pena de multa de 12 meses con una cuota diaria de 20 euros e inhabilitación especial para el cargo de fiscal general del Estado por tiempo de dos años”. Es imprescindible llamar a la prudencia y el respeto mientras no se conozca la argumentación definitiva, la secuencia de hechos probados y su encaje penal. El Gobierno dijo que respetaba, pero no compartía el fallo, mientras que la principal fuerza política de la oposición, el Partido Popular pidió elecciones generales anticipadas de forma repentina.

    Editorial
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