Constitución y discapacidad

    06 dic 2019 / 12:05 H.
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    Dos fechas memorables en esta semana, el 3 de diciembre día Internacional de la Discapacidad y el día de la Constitución Española que se celebra hoy. La cercanía de ambas fechas me hace reflexionar sobre lo que significó la aprobación, fruto del consenso entre grupos políticos antagónicos, de nuestra Ley de leyes, en lo referente al reconocimiento de los derechos de las personas con discapacidad. La Carta Magna en su artículo 49, garantiza explícitamente la protección y tutela de las personas con discapacidad. Igualmente, de forma implícita, en los artículos 9.2, 10 y 14, promueve la eliminación de los obstáculos que impidan su libertad, igualdad y participación; la defensa de su dignidad, los derechos que les son inherentes y el libre desarrollo de su personalidad; y ampara la igualdad y la no discriminación por su condición o circunstancia personal. En definitiva, la Constitución Española de 1978 reconoce que las personas con discapacidad son ciudadanos de pleno derecho. Aún queda mucho camino por recorrer, pues todavía hay quienes se resisten y no asumen estos integradores preceptos y no alcanzan a percibir que la peor discapacidad es no darse cuenta de que todos somos iguales.

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