Una indemnización multiplicada por un accidente de tráfico de 2020

La Justicia aumenta el importe por un incidente al tener en cuenta daños no vistos al inicio

21 abr 2025 / 06:00 H.
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Un hombre, afectado por un accidente de tráfico, ha visto cómo se multiplica el importe de la indemnización que le corresponde. El juzgado de Primera Instancia número 5 de Jaén le reconoció 2.181,87 euros. Sin embargo, aunque él pretendía percibir la suma de 33.564,32, la Audiencia Provincial estima en parte su recurso y deja la cuantía que deben abonar la aseguradora en 16.226,38 más los intereses que se recogen en la legislación. Esta cifra queda muy lejos de la firma en cuestión, que situaba los daños en el vehículo, consistentes en un “desconchón”, en 227,5 euros y, en la línea del fallo de primera instancia, 1.727,12 euros por lesiones.

¿Cuál es la clave de este salto cuantitativo? Las lecciones ocultas a las que en un principio se dieron por buenas, que el tribunal considera acreditadas. Los hechos probados son que el 21 de diciembre de 2020, en plena pandemia, el litigante sufrió un percance por causa imputable al conductor del otro vehículo, que golpeó por detrás al suyo. El afectado no pudo evitarlo porque se hallaba detenido en un semáforo en rojo. En Urgencias, presentaba dolor cervical, lumbar y dorsal, así como una ligera rectificación en la columna. Sin embargo, no mejoró y se manifestaron dolor fuerte, mareos, calambres y limitaciones de movilidad en las zonas afectadas. Un facultativo le diagnóstico un síndrome postraumático de columna cervical, dorsal y lumbar, dolor miofascial en los trapecios y el elevador de la escápulo bilateral y trastorno ansioso-depresivo.

Los magistrados de la Audiencia razonan que a partir de la discrepancia en las valoraciones ha de tenerse en cuenta la del “médico tratante” y aquella que resulte más coherente, razonada y motivada. El demandante sufrió covid-19, que tuvo incidencia en su evolución clínica, con retraso en la rehabilitación. El tribunal provincial vuelve a evaluar la prueba practicada. Se corrige lo estipulado en la primera sentencia. La segunda, a la que ha tenido acceso este periódico, recoge que el hecho de que no sea habitual que un accidente de tráfico de leve intensidad produzca una secuela como la alegada pueda ocurrir. Asimismo, los magistrados analizaron la extensa documentación médica del expediente que vinculan los padecimientos de columna vertebral con el percance. La víctima acudió a Urgencias varias veces a lo largo de 2021. A la vista de la documentación se establece que el periodo de estabilización de las lesiones de columna acabó en enero de 2022. Ante las circunstancias se fija la indemnización en 17.953,50, a la que se resta la cifra ya abonada.



Jaén
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