Niega que circulara rápido en un accidente con tres fallecidos

La familia de una de las víctimas reclama 4 años de cárcel para el acusado

08 nov 2016 / 11:47 H.

El 31 de octubre de 2008, un trágico accidente de circulación segó la vida de tres personas en el kilómetro 8 de la A-301, la carretera que une La Carolina con Guadix. Fallecieron dos jóvenes alumnos de la Academia de la Guardia Civil de Baeza, que viajaban en uno de los vehículos, y una vecina de Vilches de 73, que iba en el asiento del copiloto del otro automóvil, una furgoneta. Dos personas más resultaron gravemente heridas. Ocho años después del fatal percance, el conductor del coche en el que viajaban los futuros agentes de la Benemérita se sentó en el banquillo de los acusados. El procesado, que ya es guardia civil en ejercicio, está acusado por la familia de la mujer fallecida de un delito contra la seguridad vial en concurso ideal con tres delitos de homicidio por imprudencia. Le reclaman cuatro años de cárcel. La Fiscalía, no obstante, solicita la libre absolución de Guillermo H. C., al entender que los hechos son constitutivos de una falta, que quedó despenalizada tras la última reforma del Código Penal.

El accidente se produjo porque el procesado perdió el control de su vehículo —un Renault Megane—, invadió el sentido contrario de la circulación y colisionó de forma frontolateral con la furgoneta, en la que viajaba la fallecida y que iba conducido por su hijo. Dicen los denunciantes que el siniestro se debió a una “velocidad excesiva y muy superior a la permitida”. “No respetó las más elementales principios de la conducción controlada”, aseguró la letrada en su informe final. La abogada argumentó que la velocidad máxima permitida en el tramo en el que se produjo el accidente era de 80 kilómetros por hora. Recordó, igualmente, que el asfalto estaba mojado, porque estaba lloviendo y que, por lo tanto, era necesario circular mucho más despacio.

El Departamento de Investigación y Reconstrucción de Accidentes de Tráfico de la Guardia Civil (DIRAT) estudió lo sucedido sobre el terreno. Llegó a la conclusión de que era imposible determinar la velocidad exacta a la que circulaba el “Megane”, si bien plantearon una horquilla de posibilidades: entre 77 y 112 kilómetros por hora. “Hay que conceder el beneficio de la duda al acusado. Aquí podemos hablar de velocidad inadecuada, pero no excesiva”, explicó la Fiscalía, quien considera que el procesado solo cometió una falta.

Para la familia de la fallecida, que ejerce la acusación particular, la imprudencia de Guillermo H. C. “fue muy grave”. Se apoya en un informe de un perito de parte —contratado por ellos mismos—, en el que se asegura que la “velocidad crítica”, es decir, aquella que provoca que un coche se salga de la vía, es de 130 kilómetros por hora. La defensa contrarrestó esas conclusiones con el informe de otro experto, también de parte, que aseguraba que la furgoneta en la que viajaba la víctima circulaba “un 40 por ciento más rápido” que el Renault Megane pilotado por el acusado. También explicó que es “imposible” determinar la velocidad exacta. El abogado de Guillermo H. C. recordó que se han pagado todas las indemnizaciones derivadas del accidente. El juicio quedó visto para sentencia en el Penal 3.