La Justicia ratifica derribar un chalé ilegal con pista de pádel

Confirma el castigo de un año de cárcel al promotor, un octogenario de Alcaudete

26 mar 2019 / 08:30 H.

La Audiencia Provincial ha confirmado íntegramente la condena a un vecino de Alcaudete por construir en una zona no urbanizable del municipio. No se trata de una edificación normal, sino que contaba con numerosos lujos. Enclavado en una zona de olivares, el chalé tenía desde una caseta anexa destinada a aseo, a un porche, una piscina de casi 60 metros cuadrados, un solarium y hasta una pista de pádel. La sentencia, ahora ratificada, castiga al promotor, P. S. G., de 85 años, a un año de cárcel como autor de un delito contra la ordenación del territorio. La construcción fue levantada por orden del acusado en una parcela de casi 12.000 metros cuadrados ubicada en el paraje “Los Llanos”, de Alcaudete.

El terreno había sido adquirido por la esposa del procesado en febrero del año 2012. Desde entonces, P. S. G. fue ampliando un inmueble que ya existía allí con anterioridad. No obstante, lo hizo sin licencia alguna y en un terreno que no es urbanizable, tal y como se describe en la sentencia. Fue un vecino el que presentó la denuncia ante la Guardia Civil en mayo de 2015, lo que dio pie a una visita a la parcela. Los agentes declararon en el juicio que vieron una edificación de apariencia residencial, ya que tenía antena, piscina y pista de pádel. El promotor explicó que las obras consistieron en “arreglar” un antiguo cortijo y, con respecto a la piscina, aseguró que era un estanque de los años 50 que tuvieron que reparar porque estaba mal y la adaptaron “a los tiempos de ahora”. La investigación analizó las fotos aéreas del lugar y puso de manifiesto que, efectivamente, en el año 2010, existía en el terreno una edificación. Tres años más tarde, según esas imágenes, el edificio era cinco veces más grande. La sentencia deja claro que el procesado no solicitó licencias administrativas y que el suelo en el que se levanta el chalé es no urbanizable. Además, recuerda que no puede ser legalizado, ya que no es autorizable el uso residencial.

La juez del Penal 3 accedió a la petición de la Fiscalía de echar abajo todo lo construido al margen de la ley: “Se trata, sin duda, de un ataque grave a los intereses comunitarios”, razonó la magistrada Érika Ávila en su resolución judicial.

La defensa del procesado presentó recurso ante la Audiencia Provincial, en la que solicitó su libre absolución y que la edificación no fuera derruida. Sin embargo, los magistrados de la Sección Tercera han rechazado todos y cada uno de los argumentos y han confirmado íntegramente la resolución. El apelante volvió a plantear que el chalé estaba levantado sobre una antigua construcción. Sin embargo, la Justicia asegura que no resulta comparable en modo alguno a lo edificado” con lo que pudiera haber con anterioridad. La defensa también argumentó que había presentado ante el Ayuntamiento un procedimiento de actuación, que había sido admitido a trámite: “Esa actuación no garantiza la futura legalización”, responde la Audiencia. La sentencia ya es firme. El condenado tendrá ahora que asumir el coste del derribo de lo construido al margen de la ley, tal y como indican fuentes judiciales.