La Audiencia absuelve al acusado de hacer desaparecer a Tidiany

Ginés V. L. es condenado por los tres delitos “secundarios”

13 may 2016 / 12:30 H.

Ya hay sentencia en el caso “Tidiany”. El vecino de Villacarrillo acusado de hacer desaparecer al joven temporero de Malí ha sido absuelto del delito de desaparición forzada por el que se sentó en el banquillo de la Audiencia y por el que se enfrentó a una petición de 15 años de prisión. Así lo han determinado los tres magistrados de la Sección Segunda, que han considerado que no hay pruebas suficientes como para quebrantar la presunción de inocencia de este empresario agrícola.

No obstante, el tribunal sí que ha considerado a Ginés V. L. autor de otros tres delitos considerados “secundarios” y que fueron “saliendo” durante la investigación de la Guardia Civil. Así, la sentencia, a la que ha tenido acceso Diario JAÉN, considera al procesado autor de delitos contra los derechos de los trabajadores, de obstrucción a la Justicia y de defraudación de fluido eléctrico. En total, la sala le impone dos años y medio de cárcel y el pago de multas que suman 11.400 euros. Además, también tendrá que hacer frente al pago de un tercio de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular. En principio, Ginés V. L. cumple los requisitos para beneficiarse de una hipotética suspensión de las condenas impuestas, por lo que no tendría que ingresar en prisión.

La Audiencia ha considerado que Ginés V. L. abusaba laboralmente de los temporeros que tenía a su cargo, a los que obligaba a trabajar en condiciones leoninas. A algunos, incluso, no los dio de alta en la Seguridad Social porque no tenían papeles. Para el tribunal, estos hechos son constitutivos de un delito contra los derechos de los trabajadores y, por ellos, le impone un año de cárcel.

La Audiencia también considera que Ginés V. L. realizó un enganche ilegal de la luz en la vivienda de su propiedad en la que tenía alojados a los trabajadores inmigrantes. La defraudación de fluido eléctrico es el segundo delito por el que se le condena. El tercero es la obstrucción a la Justicia. El acusado presionó a una pareja para que declarara a su favor y le proporcionara una coartada para el día de la desaparición de Tidiany, ocurrida el 17 de diciembre de 2013. Por estos hechos, se le condena a un año y medio de cárcel.

sin pruebas. Sin embargo, la Audiencia ha absuelto a Ginés V. L. del delito de desaparición forzada que le imputó únicamente la acusación particular. La familia del temporero maliense sostuvo, en el juicio, que el patrón secuestró a la víctima en la mañana en la que se le perdió la pista después de discutir con él por las condiciones laborales que sufrían aquella campaña de recolección de la aceituna. Según estas mismas hipótesis, lo llevó a la finca de “La Moratilla”, propiedad de su familia, donde lo hizo desaparecer. Para los investigadores de la Guardia Civil, se deshizo del cadáver aquella misma tarde-noche.

Sin embargo, el tribunal estima que no hay pruebas de que esto ocurriera. Para los magistrados de la Audiencia, los indicios presentados en contra de Ginés V. L. no tienen la fuerza suficiente como para sostener una condena por un delito de desaparición forzosa. Al respecto, la sentencia sostiene que no hay pruebas de cargo y da validez a las tesis de la defensa. Hay que recordar que el acusado relató, durante la vista oral, que la última vez que vio a Tidiany fue a las nueve y media de la mañana del día en que se perdió su rastro.

¿Cuáles eran esos indicios? El principal era el hallazgo de unas orejeras del temporero en la finca de “La Moratilla”, que fueron encontradas 24 días después de la desaparición. El acusado alegó que cualquiera pudo ponerlas allí. El tribunal tampoco considera concluyente que un perro especializado en la detección de cadáveres humanos señalara un olivar cercano al lugar donde estaban las orejeras. Y un último aspecto que la sala ha tenido en cuenta es el informe de la Guardia Civil sobre los movimientos que hizo Ginés V. L. el día de los hechos. Los agentes rastrearon las llamadas de su móvil y llegaron a la conclusión de que el teléfono funcionó gracias a la antena ubicada en Villanueva del Arzobispo, que da cobertura a la finca de “La Moratilla”. Los magistrados consideran que ese informe no es determinante, pues no prueba que estuviera en esa parcela.

La sentencia da un plazo de cinco días a las partes para poder presentar un recurso ante el Supremo.

Los detalles

Condenas. La sentencia de la Audiencia considera a Ginés V. L. autor de delitos contra los derechos de los trabajadores, defraudación de fluido eléctrico y obstrucción a la Justicia. Le imponen dos años y medio de cárcel y multas que suman 11.400 euros.

Exculpado. Ginés V. L. es absuelto del delito de desaparición forzada, por el que la acusación particular pidió 15 años de prisión. La Audiencia tampoco lo considera autor de un delito de desobediencia a una orden judicial, que le imputó la Fiscalía, por entrar en una nave de su propiedad que estaba precintada.

recurso. La sentencia, que ya ha comenzado a notificarse a las partes personadas en el procedimiento, puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo. Tal y como marca la Ley, tienen un plazo de cinco días para hacerlo.

Inocencia. Ginés V. L. siempre ha mantenido que no le hizo nada a Tidiany Coulibaly. La Justicia lo ha absuelto con todos los pronunciamientos favorables por falta de pruebas.