El padre que se llevó a su hija sin permiso

La Audiencia confirma una condena de dos años de cárcel

04 jun 2019 / 08:26 H.

La Audiencia de Jaén ha confirmado el castigo impuesta a un hombre por llevarse a su hija a vivir con él a Alcalá de Henares, pese a saber que no poseía la guardia y custodia de la menor, ya que había sido concedida a la madre en una anterior sentencia de divorcio. Jesús Manuel M. Ch. es considerado autor de un delito de sustracción de menores y la Justicia le impone una condena de dos años de cárcel y cuatro años de retirada de la patria potestad. Es una de las primeras sentencias firmes por este asunto que se dictan en los tribunales de la provincia.

El progenitor cogió a la niña cuando se dirigía a su instituto en Martos, a primera hora de la mañana del 7 de noviembre de 2016. Su madre, que tenía la custodia y con la que residía la adolescente, apenas volvió a verla desde entonces. En el juicio, celebrado el pasado 22 de febrero en el Penal número 2 de Jaén, el hombre dio las razones que, según él, motivaron su decisión. Argumentó que lo hizo por “el bien” de su hija. “Ella me llamó para decirme que no podía seguir viviendo con su madre, que ya no aguantaba más la situación. Me aseguró que se iba a escapar de casa si no me hacía cargo de ella. Como padre, no podía permitirme que a mi hija pudiera pasarle algo. Así que vine a Martos y la cogí”, explicó ante la juez. El progenitor se refirió a “los conflictos” que la adolescente mantenía con la progenitora, con la que convivía en la ciudad marteña, y habló de “gritos, empujones y castigos físicos”.

Y la propia adolescente, que ahora tiene 17 años, también ratificó en el juicio que su madre le pegaba “de forma reiterada” y que, por ello, le pidió a su padre que la recogiera y la trasladara hasta Alcalá de Henares para vivir con él. Así lo hizo Jesús Manuel M. C. el 7 de noviembre de 2016.

Desde entonces, la madre apenas ha podido ver a su hija. La progenitora negó haber puesto la mano encima a su hija. Solo reconoció que la castigaba “en contadas ocasiones” con la intención de educarla correctamente.

El hecho de que hubiera causa justificada para llevarse a la adolescente es el “quid” de este espinoso asunto. La magistrada consideró que no existió ese motivo: “No se acredita que la menor hubiera sufrido ningún tipo de maltrato por parte de la madre hacia ella, pues los hechos narrados por la adolescente no han sido corroborados por los informes periciales objetivos e imparciales aportados, ni por ninguna otra prueba testifical o de cualquier tipo”, razonó su señoría, en una sentencia que acaba de ser ratificada íntegramente por la Audiencia Provincia de Jaén. “El trato fue correcto, proporcional y adecuado a la educación requerida por una persona adolescente”, añadió la juez.

Jesús Manuel M. C. ha sido condenado con dos años de cárcel y otros cuatro sin poder ejercer la patria potestad de su hija por un delito de sustracción de menores. La sentencia es firme.