Los herederos de los taxistas sólo conservarán la licencia 30 meses

Redacción / Sevilla
La condición de taxista no será hereditaria. El futuro Reglamento del taxi,  que se prevé cerrar en septiembre para aprobarlo antes de final de año, acabará con los derechos de las viudas e hijos de los fallecidos que, hasta ahora, conservaban la licencia siempre y podían explotarla contratando asalariados.

    23 ago 2010 / 10:21 H.

    Con la nueva norma, los herederos forzosos tendrán un plazo de 30 meses para sacarse el permiso de taxista (además del correspondiente carné de conducir se exige un certificado de aptitud que acredite sus conocimientos de la ciudad y de la normativa del sector). De lo contrario, tendrán que transferir la licencia. Excepcionalmente, este plazo podrá ampliarse otros 30 meses si así lo recogen las ordenanzas municipales del ayuntamiento en el que se expidió la licencia.
    La Consejería de Obras Públicas, la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP), los sindicatos UGT y CC OO, las asociaciones de consumidores UCA, Facua y Al Andalus y las federaciones de taxistas autónomos, rurales y de la Costa del Sol dieron el visto bueno al reglamento, tras quince borradores, a finales de junio. El texto está en estudio por los servicios jurídicos de la Junta para asegurar su legalidad, por lo que el acuerdo quedará cerrado a mediados de septiembre para su aprobación. A partir de su entrada en vigor, los entes locales tendrán 15 meses de plazo para adaptar sus ordenanzas a la nueva normativa.
    La transferencia de licencias “inter vivos” se mantiene pero también con novedades, ya que deberá comunicarse previamente al ayuntamiento el precio de la misma y la identidad del posible comprador. El consistorio se reserva el derecho de tanteo para adquirirla durante dos meses, posibilidad que no existirá en el caso de las transmisiones por fallecimiento del titular.
    la junta decide. Una de las principales novedades del texto es que no fija ratios de vehículos en función de la población, como la mayoría de reglamentos autonómicos y como contenían los catorce primeros borradores, salvo para los municipios con menos de 50.000 vecinos en los que se fija un mínimo de 0,5 vehículos por cada mil habitantes. Finalmente se ha optado por determinar que para la concesión de nuevas licencias, previa solicitud municipal o de oficio, sea preceptivo el visto bueno de la Junta.
    Si la administración andaluza no lo considera necesario —tiene dos meses de plazo para emitir un informe vinculante— los ayuntamientos no podrán conceder nuevas licencias. En su informe, la Consejería de Obras Públicas tendrá en cuenta la oferta y la demanda en el municipio, la evolución de actividades comerciales, industriales o turísticas que puedan generar más necesidad del servicio, la existencia de infraestructuras como hospitales, institutos o pabellones deportivos, la cobertura que ofrece el transporte público y la dispersión de los núcleos urbanos. Antes de emitir su informe, consultará al Consejo Andaluz del Taxi, cuya creación está prevista en el reglamento con la participación de la administración andaluza, los entes locales, los sindicatos y las asociaciones profesionales, de usuarios y de discapacitados.
    El reglamento contempla que   excepcionalmente, y siempre con la autorización de la Junta, “en municipios sujetos a grandes variaciones estacionales se puedan crear licencias de duración limitada”. Es una excepción prevista ante la posible celebración de grandes acontecimientos como la Expo’92, aunque también podrían acogerse a ella localidades costeras que en verano duplican su población. “Es difícil que alguien haga una inversión de comprar un coche para trabajar tres meses al año de taxista”, apunta  no obstante el responsable del sector en UGT, Manuel Romero. Y es que al optar a una licencia, el coche no puede tener más de dos años de antigüedad (uno en los adaptados a discapacitados).
    La norma no prevé la retirada de licencias y en cualquier caso, toda variación debe ser aprobada por la Junta. De hecho, garantiza que todas las licencias existentes a la entrada en vigor del reglamento (actualmente superan las 8.100 en Andalucía) conservarán su validez. Si el titular incumple algún requisito tiene 15 meses para adaptarse.