La Justicia anula el deslinde del Camino de Granada en Lendínez

Un fallo de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía deja sin efecto el deslinde de una vía pecuaria entre Higuera de Calatrava, Martos y Torredonjimeno. Los hechos se remontan a 2006, cuando la presión vecinal evitó que la Junta delimitara la zona expropiada. 
Una decisión política, que generó una tremenda polémica hace casi una década, queda sin efecto finalmente.

    21 ene 2014 / 12:27 H.

    Los hechos se remontan a un 14 de marzo de 2006, cuando la Consejería de Medio Ambiente de la Junta trató de señalizar el lugar por el que transita una vía pecuaria, llamada el Camino de Granada. En Lendínez, pedanía de Torredonjimeno muy próxima a Higuera de Calatrava y Martos, hubo una fortísima oposición, tanta que, finalmente, fue imposible que los técnicos realizaran el acto de apeo del camino, esto es, no colocaron los hitos que delimitan el trazado. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) da la razón a los propietarios de las fincas afectadas.
    El dictamen de la sala de lo Contencioso Administrativo, que enmienda la plana al Gobierno andaluz y contra el que no cabe recurso, detecta irregularidades en el proceso, como el hecho de que el expediente se demoró en exceso, ya que se prolonga por encima de los 18 meses previstos para ello. Esta es una de las claves del argumentario del letrado que impugna el acto administrativo, el tosiriano José Calabrús. La delimitación de la zona de paso se basa en información muy antigua y, por lo tanto, se optó porque las mediciones fueran aproximadas. Ello, como explica el representante de los propietarios, da pie a errores e inexactitudes. De hecho, según recoge el dictamen judicial, el acta de apeo se ejecuta “sin que tuvieran lugar las operaciones materiales de deslinde”, ya que se materializaron en un plano. Tampoco queda claro, según la resolución del TSJA, que, tal y como argumentó la Junta en el proceso, se ampliara el tiempo de plazo para proceder al deslinde, al “no constar” las resoluciones necesarias para ello. De esta forma, se estima el recurso interpuesto por una decena de propietarios y una comunidad de bienes.
    La decisión judicial afecta a la cañada real Camino de Granada, desde el término municipal de Martos hasta el límite con Higuera de Calatrava y Torredonjimeno, en el paraje conocido como Descansadero y Abrevadero de la Pocica. La anulación del expediente administrativo, que implica dar la razón a los propietarios de los terrenos que iban a ser ocupados, no implica costas para aquellos que recurrieron. Este proceso administrativo supuso un gran desgaste político para la que, por entonces, era la delegada de Medio Ambiente de la Junta en Jaén, Amparo Ramírez.
    José Rodríguez Cámara /Jaén