Hacienda envía 140.000 borradores erróneos con un resultado que favorece al contribuyente

La Agencia Tributaria ha enviado un total de 140.000 borradores  del IRPF erróneos, que dan un resultado favorable para el  contribuyente debido al cálculo realizado por Hacienda sobre la  deducción de los 400 euros, según informaron a Europa Press en  fuentes de este organismo. Las mismas fuentes indicaron que el error se debe a la  equivocación de una de las variables que usa la Agencia Tributaria  para realizar el cálculo de la deducción de los 400 euros,  introducida este año por primera vez.

    06 abr 2009 / 16:02 H.

    El pasado año, el Gobierno anunció la creación de esta nueva  deducción, que recibirían los asalariados, pensionistas y autónomos a  través de sus nóminas, a razón de 200 euros en junio y los otros 200  prorrateados entre julio y diciembre. En el caso de tener derecho a  ella y no haberla percibido por adelantado, los contribuyentes deben  practicársela ahora en la declaración de la renta que realicen este  año. Fuentes de la Agencia Tributaria indicaron que de estos 140.000  borradores erróneos, 2.600 han sido ya confirmados por los  contribuyentes, por lo que el organismo se va a poner en contacto con  ellos para explicarles lo sucedido y enviarles una liquidación  alternativa con el resultado a devolver o ingresar correcto. Una vez detectado el error y corregida la incidencia, el resto de  los borradores erróneos no pueden ser ya confirmados, con lo que los  contribuyentes deben modificarlos para posteriormente poder  confirmarlos y dar así por presentada su declaración. El porcentaje de borradores erróneos apenas suponen el 2,5% del  total de los enviados por la Agencia Tributaria, que alcanzan los  casi 5 millones. Los borradores se puede confirmar desde el pasado 1  de abril y las primeras devoluciones comenzarán el 16 de este mismo  mes. Este año, como novedad, y precisamente para evitar la confirmación  de borradores que adolecen de datos con relevancia fiscal o contienen  errores como ha sucedido otros años, la Agencia Tributaria ha  incluido en las cartas que acompañan al borrador algunas de las  circunstancias que pueden no recogerse en el mismo para que el  contribuyente las tenga en cuenta a la hora de modificarlo. Las que pueden ser más habituales son cuotas sindicales,  circunstancias personales y familiares que hayan cambiado y temas  relacionados con la vivienda, como la referencia catastral, la  adquisición, el alquiler o la cuenta ahorro vivienda. Por ello, la Agencia Tributaria recalca que es preciso revisar el  borrador puesto que puede contener errores u omisiones que pueden dar  lugar a un resultado diferente.