El registro de demandantes de vivienda protegida en Jódar ya está abierto
José Sánchez /Jódar
Los galdurienses que quieran apuntarse en el Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de la Junta ya pueden hacerlo, a través de la oficina virtual que la Administración andaluza pone en servicio en internet. Una vez rellenada la ficha, se debe entregar en el Ayuntamiento.

Los galdurienses que quieran apuntarse en el Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de la Junta ya pueden hacerlo, a través de la oficina virtual que la Administración andaluza pone en servicio en internet. Una vez rellenada la ficha, se debe entregar en el Ayuntamiento.
Los vecinos interesados en inscribirse en el Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de la Junta de Andalucía ya pueden apuntarse, a través de la oficina virtual puesta a su disposición para tal fin en internet, con la que podrán acceder con o sin certificado digital. Los trámites se cumplimentan en la siguiente dirección electrónica: https://rmdvp.andalucia.es/oficinaVirtual. Después, el formulario de inscripción se debe entregar en el Ayuntamiento.
Además de los datos personales hay que aportar otros económicos, subrayar si se pertenece a algún grupo de especial atención, el tipo de inmueble al que se opta (propiedad, alquiler o arrendamiento con opción a compra) y una justificación de la necesidad de la vivienda, entre otras cuestiones. La inscripción tiene una validez de dos años, por lo que pasado el plazo, si aún no se ha accedido a la propiedad o al alquiler del inmueble, habrá que renovar la tramitación.
El registro fue aprobado por el pleno municipal, según la orden de 1 de julio de 2009 de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía por la que se instauraba de forma obligatoria en aquellos municipios andaluces mayores de diez mil habitantes, como es el caso de Jódar. El objetivo es tener un listado de solicitantes de vivienda que facilitara la selección y adjudicación de hogares protegidos. La adjudicación excluye a toda persona que, aun con todos los requisitos materiales (ingresos, grupo de especial protección, entre otros) exigidos, no haya realizado la inscripción en el citado registro correspondiente.
Es competencia del propio Ayuntamiento, que redacta y aprueba las bases por las que se rige su funcionamiento.