La competencia de inhabilitar a Quim Torra es del Parlament y no de la JEC

La Fiscalía del Supremo entra en
el fondo del asunto

    18 ene 2020 / 11:37 H.
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    La Fiscalía del Tribunal Supremo dio a conocer un informe en el que afirma que la competencia para retirar la credencial de diputado al presidente de la Generalitat de Cataluña, Quim Torra, la tiene el Parlament de Cataluña y no la Junta Electoral Central (JEC). Por ello, no se opone a la petición realizada por la defensa de Torra para que el acuerdo del órgano electoral del pasado 3 de enero quede en suspenso hasta que el Supremo resuelva sobre el fondo de este asunto.

    La Fiscalía entra en el fondo de este asunto, pese a que el escrito presentado le fue solicitado para que se pronunciara únicamente sobre la medida cautelar de suspensión. El documento de 21 páginas, y firmado por el fiscal Pedro Crespo, afirma que, “en orden a la prudente y equilibrada preservación” de los intereses en conflicto, se considera “asumible” la petición de Torra hasta que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS resuelva si la decisión de la JEC es conforme o no a derecho. Según explica el fiscal en este informe, la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) “no atribuye ni reconoce en ningún momento a la Junta Electoral Central facultades o competencia alguna para: anular por su propia autoridad las credenciales de los diputados que ya están ejerciendo su mandato y declarar vacantes sus escaños”.

    Asimismo, indica que entre las causas de incompatibilidad recogidas en la LOREG no se encuentra la aplicada por la JEC el pasado 3 de enero, que le declaró inelegible de forma sobrevenida.

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