El TS no permite a Junqueras jurar como eurodiputado

    15 jun 2019 / 11:31 H.

    La Sala que juzgó el “procés” independentista en el Tribunal Supremo denegó el permiso solicitado por el exvicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras, encausado por rebelión, para abandonar la prisión de Soto del Real (Madrid) el próximo lunes 17 de junio con el fin de acudir ante la Junta Electoral Central y jurar su cargo de eurodiputado. Considera que su desplazamiento a Bruselas pondría en un “irreversible peligro los fines del proceso penal”. En su auto, los siete magistrados que el pasado miércoles dejaron visto para sentencia el juicio del “procés” hacen una ponderación entre el derecho de participación política de Junqueras y su libertad personal. Concluyen que la suspensión del primero de estos derechos en el momento actual —cuando comienza la deliberación de la sentencia— no es “irreversible” sino temporal, es decir, no es más que un aplazamiento hasta que “desaparezcan los obstáculos que impiden el efecto adquisitivo de la condición parlamentaria”.

    La resolución expone también que la condición de miembro del Parlamento Europeo, que Junqueras obtuvo en las elecciones del 26 de mayo se produce en dos fases: la primera en la Junta Electoral Central y la segunda en el Parlamento Europeo.