El Supremo da un paso para la exhumación de Franco

Responde a la petición de autorización para que el Gobierno pueda acceder

11 oct 2019 / 08:43 H.

El Tribunal Supremo respondió a la petición de autorización por parte de la Abogacía del Estado para que el Gobierno pueda acceder “ya” a la Basílica del Valle de los Caídos y exhumar los restos de Francisco Franco pese a la negativa del prior de la abadía a autorizar dicha entrada. Así, la Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal dictó una providencia en la que responde a la última petición de los servicios jurídicos del Estado y también tres autos en los que deja sin efecto la suspensión que aún pesaba sobre los recursos pendientes presentados por la Fundación Franco.

Tras ello queda solventado de forma definitiva el expediente judicial, que será entonces remitido al Consejo de Ministros permitiendo que éste pueda ejecutar su decisión y sacar del Valle de los Caídos los restos del dictador. Los magistrados explicaron que la sentencia dictada el pasado 30 de septiembre es por sí misma título legítimo para llevar a cabo las actuaciones previstas por los acuerdos del Consejo de Ministros.

En cuanto a los tres autos, uno en relación a cada una de las entidades antes citadas, la Sala argumenta que la medida debe levantarse tras la resolución del recurso de la familia Franco, pues dicha sentencia alteró los presupuestos sobre los que se adoptó la medida cautelar de suspensión, que afectó a la primera fecha prevista por el Gobierno para estos trabajos, el pasado 10 de junio. Entre sus argumentos, los benedictinos acusaban al Estado de “desprecio y ninguneo” a las razones invocadas en su demanda, y decían que no existía pronunciamiento alguno sobre la vulneración de los derechos fundamentales alegados por la abadía. A este respecto, la Sala señala en uno de sus autos que no considera procedente entrar en este momento en el examen de las diferencias que pueda haber entre las alegaciones de una y otra parte, y tampoco ve comprometida su decisión por la postura que pueda adoptar en su día el Tribunal Constitucional en caso de que esta parte recurra, finalmente, a dicha instancia.