Un juzgado anula el reparto accionarial del Linares Deportivo y reconoce la mayoría a POP Hellanes

La entidad anuncia que recurrirá la sentencia del Juzgado Mercantil de Jaén

14 abr 2026 / 18:49 H.
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El Juzgado de lo Mercantil de Jaén ha dado la razón a la empresa POP Hellanes S.L. en su conflicto con Linares Deportivo SAD y ha anulado los acuerdos adoptados por el club que limitaron su participación en el capital social durante el proceso de transformación en sociedad anónima deportiva. Tal y como ha podido saber Diario JAÉN, la sentencia declara nulo el acuerdo de la junta directiva del 19 de octubre de 2023, ratificado posteriormente en la asamblea general extraordinaria del día 21, mediante el cual se redujo de forma unilateral la inversión de POP Hellanes. La empresa había desembolsado un total de 550.000 euros para suscribir acciones —lo que representaba más del 73% del capital social—, pero el club limitó su participación a 137.000 euros, equivalente a solo el 18,27%.

El juzgado considera que esta decisión vulnera la ley y las propias reglas del proceso de transformación. En particular, subraya que la oferta pública de acciones no establecía ningún límite a la adquisición y que POP Hellanes cumplió todos los requisitos exigidos, perfeccionando así un contrato válido y vinculante con el club. Por ello, la entidad no podía modificar posteriormente las condiciones para reducir su participación.

Como consecuencia, la resolución reconoce el derecho de POP Hellanes a la totalidad de las acciones correspondientes a su inversión, es decir, 5.500 títulos, lo que le otorga una posición mayoritaria en la sociedad.

Además, el fallo declara nulas todas las acciones suscritas por terceros con posterioridad a la inversión de la demandante, al entender que el capital social ya había quedado cubierto con su aportación. Esta decisión obliga a rehacer el reparto accionarial del club.

El juzgado ordena también al Linares Deportivo la rectificación del libro registro de acciones nominativas y la modificación de su inscripción en el Registro Mercantil de Jaén para reflejar la nueva distribución del capital, conforme a lo establecido en la sentencia.

No obstante, la resolución deja claro que la nulidad de estos acuerdos no afecta al proceso de transformación del club en sociedad anónima deportiva, que sigue siendo válido. Finalmente, el juez impone las costas del procedimiento al Linares Deportivo, al haber sido desestimadas todas sus pretensiones.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial de Jaén en el plazo de 20 días. El Linares Deportivo SAD “considera que la referida sentencia incurre en graves errores en la valoración de la legalidad del proceso de transformación llevado a cabo, así como en los acuerdos adoptados en el marco del mismo”. Por este motivo, el club procederá a interponer el correspondiente recurso de apelación ante la instancia superior. En todo caso, y mientras se sustancian los trámites judiciales oportunos, el Linares Deportivo SAD continuará desarrollando con total normalidad su actividad deportiva y societaria, manteniendo su compromiso con sus aficionados, accionistas y colaboradores.

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