Rebaja de condena por el robo de adhesivo para su dentadura en Linares
La multa se reduce de 300 a 180 euros tras considerarse “desproporcionada”

Fue en julio de 2024 cuando una persona entró en un conocido supermercado de Linares situado en la zona del Hospital de los Marqueses, abrió dos cajas de cinta adhesiva dental valoradas en 9,90 euros, se guardó el producto en el bolsillo del pantalón y abandonó la caja sin abonar su importe. El artículo fue recuperado pero, al abrir el envase, no se pudo volver a poner a la venta. La sentencia se dictó el 2 de septiembre del año pasado, que condenó al autor de los hechos por un delito leve de hurto a la pena de 50 días de multa a razón de seis euros diarios, con la responsabilidad personal subsidiaria, en caso de impago, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa insatisfechas, así como a pagar, en concepto de indemnización, la suma de 9,90 euros a la cadena de supermercados y las costas judiciales. Era una multa de 300 euros en total, más el precio del objeto sustraído y las costas.
Como no se trataba de una sentencia firme, en el plazo de cinco días, el acusado interpuso un recurso de apelación que, tras su admisión, se trasladó a las partes para su impugnación o adhesión al mismo. El Ministerio Fiscal y la parte denunciante impugnaron la apelación. Frente a dicha sentencia se alza el acusado mediante recurso, en el que, tras admitir los hechos que se declaran probados, alega la existencia de una necesidad perentoria para coger el objeto, un adhesivo dental, y abandonar el establecimiento sin abonar el importe. Sostiene que acudió al supermercado con la intención de hacer una compra de diversos artículos y que, en ese momento, no disponía del dinero suficiente para pagarlos todos, de forma que cogió el adhesivo y lo escondió en su bolsillo.
Considera que el producto “es de primera necesidad” y lo califica de higiénico-sanitario. Sin él no puede salir a la calle, puesto que lo usa para pegar su dentadura. En definitiva, defiende la concurrencia de una causa de justificación como es el estado de necesidad. También impugna la pena impuesta por ser “desproporcionada respecto a la gravedad del hecho”. La acusación particular impugna el recurso y pide la confirmación de la sentencia, igual que la Fiscalía, pero ésta se adhiere a la petición de rebaja de pena y pide la imposición de una condena de 30 días de multa con una cuota diaria de 2 euros (60 en total). El Ministerio Fiscal denuncia la “desproporción de la pena impuesta, tanto en la extensión temporal de la multa como en la cuota”. De esta manera, y estimado el recurso de apelación del acusado, la Audiencia Provincial de Jaén revoca parcialmente la sentencia y condena al acusado como un autor de un delito leve de hurto, con pena de un mes de multa con una cuota diaria de seis euros, en total 180 euros, con penalización en caso de impago.