El Ayuntamiento, condenado a pagar una deuda salarial

El TSJA da la razón a seis trabajadores que reclamaban, en total, más de 43.000 euros

30 abr 2022 / 12:01 H.
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Dos sentencias dan la razón a los trabajadores. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Granada, dictó resolución de dos sentencias referentes a seis trabajadores eventuales del Ayuntamiento. Se trata de cinco trabajadores en una sentencia y uno más en otra resolución que presentaron un recurso de suplicación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social de Jaén. Los seis trabajadores reclamaron la diferencia de salario que les correspondía, estimando que se les pagó menos de lo recogido en el convenio colectivo para su categoría laboral durante su contrato.

Según la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, “los demandantes prestaron servicio por cuenta y bajo la dependencia del Ayuntamiento de Linares durante seis meses como personal laboral contratado en iniciativas subvencionadas en Ayuntamiento de Linares y Organismos Autónomos, a través de un contrato de obra o servicio determinado para trabajos de interés social”. “La realización de la obra o servicio para realizar las tareas de mantenimiento vinculada a actuaciones de revalorización de edificios y espacios públicos, percibiendo un salario bruto de 1.050 euros al mes incluida la parte proporcional de pagas extraordinarias. Uno de los cinco demandantes inició un periodo de incapacidad temporal, situación en la que permaneció hasta la finalización del contrato laboral”, se añade en la resolución.

En los contratos se indica que rige entre las partes el “Convenio Colectivo para el personal laboral contratado en Iniciativas subvencionadas en el Ayuntamiento de Linares y Organismos Autónomos mantenimiento y reparación, electricista, y albañil”. Por esto, conforme a la Plantilla Presupuestaria del Excelentísimo Ayuntamiento de Linares (BOP 27/02/2018), para puestos relacionados el salario oficial anual estimado es de 27.316,08 euros. Por tanto, se reclama alrededor de los 7.200 y 7.500 euros para los cinco trabajadores de la primera resolución, más 272 euros en concepto de indemnización. En el caso de la segunda resolución, se reclaman 5.580 euros, más un diez por ciento por mora.

Así, el TSJA decide revocar la citada resolución y, con estimación de la demanda, “condenan a la citada Corporación local a abonar a los actores las cantidades en concepto de diferencias salariales por aplicación del Convenio Colectivo del Personal Laboral del citado Ayuntamiento e indemnización por extinción de sus contratos de trabajo”. De esta forma el Ayuntamiento deberá entonces abonar las cantidades citadas —más de 43.000 euros en total— a estos seis trabajadores en concepto de diferencia salarial, así como una indemnización por la extinción del contrato. Estos trabajadores no quedaron conformes con las sentencias interpuestas por el Juzgado de lo Social de Jaén, y decidieron acudir al TSJA, que finalmente, les ha dado la razón. Ahora habrán de recibir la cantidad que les corresponde acorde a la ley.

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