Nulidad a la cláusula suelo de
un local

    13 feb 2020 / 11:31 H.
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    La Audiencia Provincial de Jaén declaró nula la cláusula suelo de un local comercial sito en Jaén capital al considerar que esa operación económica era una inversión para utilizarla como fines domésticos como cochera o almacenamiento de muebles.

    Como consecuencia de esta decisión, la entidad financiera deberá abonar al afectado las cantidades cobradas de más, en un préstamo de 330.000 euros, por aplicación del límite al interés variable, con sus intereses legales desde los respectivos pagos. Dicha cláusula suelo tenía un valor del 3,5% y tenía que haberse aplicado, realmente, un interés del 1%.

    La acusación corrió a cargo de la plataforma “Eliminar cláusulas suelo” y defendida por la letrada Magdalena Rico. La abogada se remitió a una sentencia del Tribuna Europeo del 2015 que decía que podían seguir siendo consumidores, a pesar de ser un local comercial, siempre que la finalidad de la financiación no hubiera sido profesional. “El Ayuntamiento concedió el certificado, tras un informe de inspección ocular de la Policía Local, en el que se reconocía que no había actividad empresarial”, aseguró Rico.

    Esta decisión puede afectar, según la letrada, a decenas de personas . “Hay muchas personas con locales comerciales y que no regente ningún negocio propio, puede beneficiarse y además, la Audiencia Provincial es una de las más tuteladoras en este tipo de casos; son cláusulas se han impuesto sin ninguna transparencia”, recordó.

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    Jaén