Multas por permitir los humos

La Junta tramita 39 sanciones a establecimientos por incumplir la ley antitabaco

31 may 2017 / 11:40 H.

Aunque la prohibición de fumar en el interior de los establecimientos hosteleros, los edificios públicos y los centros de trabajo e, incluso, en algunos espacios al aire libre, impera desde 2011, aún hay quien no lo tiene asumido. Según los datos facilitados por la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, en los tres primeros meses del año, se realizaron 2.771 visitas a locales para comprobar que respetan la norma. De hecho, algunos de ellos, recibió a los inspectores más de una vez. Gracias a esta labor de control, se comprobó que de los 2.308 negocios y otras dependencias analizadas, en 2.275 de estos, es decir, el 98,6%, nadie se encendía un pitillo. No obstante, todavía en 33, lo que representa el 1,4%, se saltaron la ley a la torera.

A lo largo de 2016, en 70 de estas vistas se detectó humo prohibido, lo que supuso la apertura de 44 expedientes, entre ellos 39 llegaron a ser sancionadores, lo que significaron multas por un coste total de 22.549 euros, lo que arroja una media de 578,1 para cada uno de los multados. En cuanto a las denuncias presentadas en el primer trimestre de 2017, ya son 28, acciones que supusieron la apertura de 19 expedientes, entre los que ya 4 han llegado a ser sancionadores y han supuesto multas por un importe total de 1.953 euros. La Administración contempla sanciones de entre 30 y 600 euros por permitir que se fume en lugares donde esté prohibido y fuera de las zonas habilitadas al efecto. El hecho de que no se informe de que está prohibido el consumo también es motivo de que se imponga una multa.

Las sanciones más duras, de 601 a 10.000 euros están reservadas para aquellos que directamente permitan fumar y que lleguen a habilitar dependencias para ello. Aquellos ciudadanos que sean testigos de un incumplimiento de este tipo, tienen derecho a informar a las autoridades y llamar a la Policía y la Guardia Civil para que se persone.