La Audiencia rebaja el castigo a un condenado por una muerte de tráfico

Los magistrados le aplican la atenuante de dilaciones indebidas

17 dic 2015 / 09:17 H.

José Antonio R. G. iba bebido cuando, el 6 de marzo de 2011, se saltó un semáforo en ámbar y arrolló a un motorista, un joven de 17 años que murió como consecuencia de las heridas que sufrió en el accidente, ocurrido en la Avenida de Barcelona de la capital. El pasado mes de junio, el Penal número 3 de Jaén impuso al conductor una condena de dos años y medio de cárcel por un delito de homicidio por imprudencia. Un castigo que suponía su ingreso en prisión para saldar su cuenta con la sociedad. Sin embargo, la lentitud de los tribunales en dictar justicia lo ha salvado. La Audiencia acaba de rebajarle el castigo que se le impuso en primera instancia y lo ha dejado en dos años de privación de libertad. ¿Por qué? Los magistrados de la Sección Segunda le han aplicado la atenuante de dilaciones indebidas. “Sin motivo alguno, se ha tardado más de cuatro años en dictar una sentencia”, justifica el fallo, que ya es definitivo y que permite al conductor condenado beneficiarse de la suspensión del castigo.

La Audiencia rechaza todas las demás alegaciones presentadas por la defensa de José Antonio R. G., es decir, confirma que iba bebido y que cometió una imprudencia al volante, lo que originó el fallecimiento del joven motorista.

El fallo es prácticamente idéntico a una sentencia dictada la pasada semana y en la que también se rebajó de tres años y medio a dos años la condena a un conductor que causó un accidente mortal en Los Villares debido a su estado de embriaguez y a su temeridad.