La Audiencia Nacional interviene en los permisos de un preso y se los concede

Es un interno de la prisión de Jaén al que Vigilancia penitenciaria le había negado permisos en mayo de 2022

21 feb 2023 / 10:07 H.
Ver comentarios

La sección primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional desautoriza un auto del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria de Madrid y reconoce a un recluso, interno en el centro penitenciario de Jaén, su derecho a disfrutar de permisos. La resolución se dictó recientemente y revoca la negativa previa de Vigilancia Penitenciaria del pasado mes de mayo. La defensa del penado ha argumentado que sobre él pesa una condena de cuatro años y un mes, aunque en julio cumplió la mitad, de manera que cumple con los requisitos objetivos fijados en la legislación. Criticó que denegó el permiso por el único motivo de considerar que existe falta de garantías de buen uso de la salida temporal, una circunstancia que veía carente de motivo. Ya hubo una denegación anterior, en el mes de noviembre de 2021. “Tiene un excelente expediente penitenciario y en los informes aportados por los miembros de la junta no se hace referencia a ninguna circunstancia desfavorable para desautorizar el permiso a mi representado y la alusión a la falta de garantía carece de cualquier fundamento y de la más mínima motivación. Cuenta con arraigo y apoyo familiar directo de sus padres en el exterior, que le visitan regularmente y tiene domicilio familiar fijo para cumplir el permiso”, explicaba el letrado.

Un auto del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria de Madrid estableció en septiembre de 2022 que no precedía estimar el recurso y, por tanto, acordó denegar la salida por falta de garantías de que se haría buen uso de la medida. Sin embargo, la Audiencia Nacional lo ve de una manera muy diferente. Destaca que el interno, nacido en 1979, fue condenado por la Provincial de Jaén por hechos de marzo de 2018 por delitos contra la salud pública, que supusieron dos años y un mes de privación de libertad, y otra del Juzgado Central Penal, por un asunto de 2007, por estafa, con un castigo de dos años, aunque las pena no son acumuladas jurídicamente. Por tanto, las fechas de cumplimiento serían, un cuarto en julio de 2021, la mitad en el mismo mes de 2022, tres cuarto en julio de 2023 y el total el 2 de agosto de 2024. El tribunal nacional hace valer la buena conducta del reo, sin sanciones disciplinarias y aunque no realiza actividades terapéuticas de intervención específica, respecto de las prioritarias y complementarias su valoración se califica de excelente. Según los informes penitenciarios, la evolución de su comportamiento es favorable y coopera en el mantenimiento y limpieza del módulo. Desempeña destino de confianza en objetos retenidos y se porta bien. Incluso salió, sin incidencias, tres días gracias a un permiso. Esto prevalece contra la supuesta falta de garantías esgrimida, máxime cuando se acerca a los dos tercios de condena. Además, han desaparecido “sin más” las responsabilidades pendientes de dilucidar que pesaban sobre este preso de la cárcel jiennense.

Jaén