La Audiencia absuelve al acusado de violar, maltratar y amenazar a su pareja

La Fiscalía había reclamado durante el juicio celebrado el pasado 11 de marzo una pena de 19 años de prisión

01 abr 2021 / 11:33 H.
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La Sección Tercera de la Audiencia de Jaén ha absuelto a un hombre, de 33 años, que fue juzgado tras ser acusado de violar, maltratar y amenazar a su pareja, con la que tiene dos hijos, actualmente de 3 y 6 años. Sí lo condena a un año de cárcel por un delito continuado de quebrantamiento de condena al no respetar la prohibición de acercarse y comunicarse con la madre de sus hijos.

La pareja denunció que el 5 de septiembre de 2019, cuando el acusado y ella habían retomado la relación pese a tener una orden de alejamiento, en el transcurso de una discusión por la comida, él la empujó por las escaleras y acabó forzándola a entrar en la habitación donde la obligó a mantener relaciones sexuales plenas.

Por estos hechos, el Ministerio Fiscal había reclamado durante el juicio celebrado el pasado 11 de marzo una pena de 19 años de prisión, petición a la que se sumó la acusación particular.

En un principio, el acusado había aceptado declararse culpable en el juicio para conseguir una rebaja de la pena acordada con el Ministerio Fiscal. Sin embargo, al inicio del juicio el acusado optó por negarlo todo, lo que llevó a su defensa a explicarle que eso no era lo acordado. Seguidamente, el acusado reconoció todos y cada uno de los delitos que le imputaba el Ministerio Fiscal y la acusación particular.

Sin embargo, fue ella, la que durante su declaración decidió cambiar el relato de los hechos, reconociendo que lo hacía por "pena" y por el hecho de que el acusado es el padre de sus hijos. En este punto, señaló que ese día mantuvieron una discusión y que ella se cayó en el último escalón de la escalera, pero que la relación sexual surgió durante "el forcejeo" y que "en parte fue consentida".

Para el Ministerio Fiscal, este cambio en la declaración de la víctima respondía a la "excesiva dependencia emocional" y a su "baja autoestima", algo común a las víctimas de violencia de género, tal y como se recoge de los estudios psicológicos realizados a la denunciante.

Tal y como recoge la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, el tribunal establece que la "radical mutación" en la declaración de la víctima "impide un pronunciamiento de condena, no resultando probado plenamente que mediara violencia o intimidación para lograr el mantenimiento de una relación sexual".

Reconoce el propio tribunal que tiene "importantes y serias dudas" sobre los delitos de violación, de amenazas y de maltrato en el ámbito familiar, en cuanto que los testimonios ofrecidos en juicio y las periciales practicadas "no han alcanzado la seguridad o el convencimiento pleno deseado para el dictado de una sentencia condenatoria por dichos tipos delictivos".

Es por ello por lo que decide la absolución ya que "para condenar a una persona como autora de una infracción criminal no sirve la sospecha, ni la conjetura ni siquiera la mera probabilidad. Sólo sirve la certeza entendida".

El acusado, que llevaba nueve meses en prisión provisional, ha quedado de inmediato puesto en libertad.

Jaén