Irá a prisión por espiar a su expareja con un grabadora

La Audiencia confirma la condena por un delito contra la intimidad

27 jun 2019 / 08:54 H.

La Audiencia de Jaén confirma la condena de dos años, seis meses y un día de prisión a un vecino de Andújar por colocar un dispositivo de grabación en la casa de su exmujer con el objetivo de descubrir si había iniciado una relación sentimental con otro hombre. Se le considera autor de un delito contra la intimidad por revelación de secreto. En la práctica, tendrá que ingresar en la cárcel, ya que la pena supera los dos años. Igualmente, la misma resolución revoca parcialmente la sentencia y absuelve a M. C. O. C. de un delito de coacciones por el que había sido condenado a 21 meses más de cárcel. Inicialmente, el Juzgado de lo Penal número 4 consideró que el procesado había utilizado las grabaciones para chantajear a su expareja con el objetivo de que suscribiera un determinado convenio regulador de separación. No obstante, la Audiencia entiende que no llegó a consumarse y que, además, el fin de colocar la grabadora no era obligarla a aceptar esas condiciones, sino espiarla.

Los hechos se remontan a septiembre del año 2016, cuando el hombre se marchó del domicilio conyugal. No obstante, su ex le permitía tener una llave de la casa para que pudiera visitar allí al hijo que tenían en común. M. C. O. C. aprovechó esta circunstancia para entrar en el inmueble el 21 de octubre. Fue, entonces, cuando dejó una tableta en la que había instalado una aplicación grabadora. El aparato estuvo funcionando hasta que, al día siguiente, regresó para recogerla. En ese lapso, grabó conversaciones de su exmujer. Inicialmente, le impusieron una condena de cuatro años y tres meses de cárcel (dos años y medio por el delito de revelación de secreto, y un año y nueve meses, por las coacciones”.

En el juicio, el acusado reconoció que colocó la tableta, aunque no tenía intención de espiar a su exesposa. Alegó que instaló la grabadora en el aparato para ver qué decía su hijo, porque pensaba que estaba “desatendido”. El hombre añadió que, posteriormente, descubrió “por casualidad” que había grabado una charla de su esposa, pero rechazó haber utilizado su contenido contra ella. M. C. O. M. repitió sus argumentos exculpatorios en el recurso planteado ante la Audiencia Provincial. Ese recurso ha prosperado, aunque solo en parte. Los magistrados de la Sección Tercera mantienen la condena de dos años y medio de privación de liberad en lo referente al delito contra la intimidad, al entender que la intención del procesado “era constatar la existencia de una relación de su expareja con otra persona”. También le imponen el pago de una multa de 5.400 euros. No obstante, anulan la condena por las coacciones. La sala considera que el objetivo de grabar a la mujer no pasaba por usar sus conversaciones para chantajearla y obligarla a firmar un convenio regulador, sino por descubrir si le había sido infiel. La sentencia ya es firme por lo que M. C. O. M. tendrá que ingresar en prisión.