El TSJA absuelve a Miguel Ángel García Anguita en el caso Matinsreg

Condena al también exconcejal del PP Manuel del Moral a cuatro años de cárcel, como en la sentencia recurrida ante el alto tribunal, absuelve a un técnico municipal y confirma la absolución de José Enrique Fernández de Moya, entonces alcalde

12 ene 2023 / 16:43 H.
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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha emitido una sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, en la que absuelve exconcejal del PP en el Ayuntamiento de Jaén Miguel Ángel García Anguita, que había recurrido al alto tribunal andaluz por la sentencia del caso Matinsreg, del delito de malversación de caudales públicos y, asimismo, confirma su absolución respecto de los delitos de falsedad en documento mercantil, cohecho y prevaricación que se le imputaron. Miguel Ángel García Anguita había sido condenado por la Sección Tercera de la Audiencia de Jaén como autor de un delito de malversación agravado por razón de la cuantía y entorpecimiento del servicio público, previsto y sancionado en el artículo 432 apartados 1 y 2 del Código Penal en su redacción anterior a la reforma introducida por Ley Orgánica 1/2015 de 30 de marzo. El caso Matinsreg culminó con una sentencia condenatoria para siete de los nueves acusados en esta causa, entre ellos los dos exconcejales del PP, Miguel Ángel García Anguita y Manuel del Moral, por pagos “inflados” en el Ayuntamiento que supusieron un perjuicio económico valorado por la Audiencia de Jaén en 3,4 millones de euros. El nombre del caso se debe a la empresa concesionaria del manteimiento de las fuentes públicas de la capital, cuyo empresario reconoció la trama durante el juicio y depositó un millón de euros para resarcir los daños.

La sentencia de la Sala de lo Civil y Penal del TSJA también absuelve a A.S.G., técnico anteriormente condenado, del delito de malversación de caudales públicos y, asimismo, confirma su absolución

respecto de los delitos de falsedad en documento mercantil, cohecho y prevaricación que se le imputaron. También absuelve a R. G. C., yerno de uno de los empresarios implicados, de los delitos de falsedad y malversación de caudales públicos. Había sido condenado en la sentencia recurrida a cino años y nueve meses de cárcel. Asimismo, confirma su absolución respecto del delito de prevaricación que se le imputó. En la sentencia del alto tribunal también se confirma la absolución del entonces alcalde José Enrique Fernández de Moya de los delitos de malversación de caudales públicos y prevaricación que se le imputaron. Asimismo, confirma la absolución de A. M. F. respecto de los delitos de falsedad, malversación de caudales públicos y prevaricación que se le imputaron.

Sin embargo, la sentencia sobre los recursos presentados condena al exconcejal del PP Manuel del Moral, como autor de un delito continuado de malversación de caudales públicos, “sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal”, a cuatro años de prisión, accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el mismo tiempo y ocho años y un día de inhabilitación absoluta. Y confirma su absolución respecto de los delitos de falsedad en documento mercantil, cohecho y prevaricación que se le imputaron. En la trama empresarial implicada y condenada, la sentencia de la Sala del TSJA condena a I. H. C. S. y a J. M. A., a los que se consideró “conseguidores” a las penas de cinco años de prisión, accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el mismo tiempo y ocho años y un día de inhabilitación absoluta. Ambos habían sido condenados en la setencia recurrida a cinco años y nueve meses de cárcel. Además, condena a L. G. G. V., empresario de Matinsreg a las penas de un año y diez meses de prisión, accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el mismo tiempo y tres años de inhabilitación absoluta. Y confirmamos la absolución de los tres respecto del delito de prevaricación que se les imputó. En la sentencia recurrida había sido condenado a diez meses y quince días de cárcel por un delito continuado de falsedad y dos años más de cárcel por otro de malversación.

Responsabilidad civil

Los condenados deben indemnizar de forma conjunta y solidaria al Ayuntamiento de Jaén con 3.465.372,90, la misma cantidad que fijaba la sentencia recurrida. Será Matinsreg la que debe responder como responsable civil subsidiaria y como partícipes a título lucrativo cuatro entidades de consultoría o asesoramiento. Contra la sentencia cabe interponer recurso de casación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

Jaén