El juego de “atrevimiento o verdad” que acabó en abusos
Once años de cárcel por forzar sexualmente a una de sus hijas

Cecilio J. S., un jornalero de un pequeño pueblo de la comarca de Cazorla, tenía la costumbre de jugar a “atrevimiento o verdad” con sus hijas pequeñas. Sin embargo, lo que en principio podría suponer un entretenimiento trivial e inocente no era más que una artimaña para engatusarlas y abusar de ellas. Lo consiguió con una de ellas, la mayor, que hoy tiene 16 años, a la que obligó a realizarle diversas prácticas sexuales durante cuatro años. “Después me trataba como una princesa”, dijo la niña al tribunal. Con la pequeña, que en la actualidad cuenta con 12 años, también lo intentó, si bien no pudo consumarlo.
La Audiencia acaba de imponer a Cecilio J. S. una condena de 11 años de cárcel como autor de abusos sexuales continuados cometidos sobre su hija mayor. Los magistrados consideran que no hay delito con respecto a los hechos cometidos con la menor. La sentencia todavía no es firme y cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
La sentencia estima probado que el progenitor forzó sexualmente a su propia hija cuando iba a pernoctar a su casa, en cumplimiento del régimen de visitas establecido tras el divorcio del matrimonio. Relata diversos episodios ocurridos entre los años 2011 y julio 2015. Habla de que el condenado se metía en la cama con la niña y la sometía a tocamientos, la obligó a realizarle una felación y llegó a mantener relaciones sexuales completas. Siempre con el juego de “verdad o atrevimiento”.
La Fiscalía también acusó a Cecilio J. S. de hacer lo mismo con su hija pequeña. No obstante, la Audiencia entiende que el progenitor realizó a la niña “peticiones de carácter sexual”, aunque la pequeña nunca llegó a acceder a las pretensiones de su padre.
En el juicio, celebrado el pasado 30 de enero, el hombre rechazó de forma muy vehemente los graves cargos que pesaban sobre él: “Ni loco ni borracho ni drogado abusé de mis hijas”, llegó a decir al tribunal cuando le preguntó la fiscal en un interrogatorio muy duro. El procesado responsabilizó a su exmujer de poner a las niñas en su contra. Además, argumentó que la denuncia vino motivada después de que regañara a su hija por viajar a Madrid con un novio mucho mayor que ella.
No obstante, la sala da total verosimilitud al testimonio de la víctima, cuyo testimonio califica como “espontáneo, creíble y sólido”. Explica que no se observa ánimo de venganza ni resentimiento. Además, el tribunal recuerda que los psicólogos de la Fundación Márgenes y Vínculos certificaron que la niña tenía síntomas compatibles con la violencia sexual infantil. Por todo ello, los magistrados de la Sección Tercera consideran a Cecilio J. S. autor de un delito continuado de abusos sexuales cometido sobre su hija mayor. Le imponen 11 años de cárcel. Entienden que no está probado que hiciera lo mismo con la pequeña y, por ello, lo absuelven, aplicando el principio de presunción de inocencia.
El caso se destapó en el verano del año 2016, cuando una de las hermanas le contó a la otra que su padre le estaba haciendo el juego de “verdad o atrevimiento”. A partir de ahí, ambas relataron a la madre por lo que estaban pasando y se activó el proceso penal que ahora ha terminado en una condena de 11 años de cárcel.
Cecilio J. S. fue denunciado por su exmujer en julio del año 2016. Lo acusó de abusar de las dos hijas que tenían en común, que entonces contaban con 13 y 9 años, respectivamente. En noviembre, el Juzgado de Instrucción número 1 de Cazorla tomó declaración como investigado al hombre e, inmediatamente, le impuso una orden de alejamiento de forma cautelar: no podía acercarse a las niñas a menos de 500 metros. Ahora, la sentencia de la Audiencia condena a Cecilio J. S. por forzar sexualmente a una de sus hijas. Le impone los once años de cárcel y lo condena a que no pueda acercarse a ella a una distancia inferior de 300 metros durante una década. También le quita la patria potestad de la niña. Sin embargo, la sentencia crea una situación problemática y paradójica. Cecilio J. S. ha sido absuelto de abusar de su segunda hija. En este sentido, no existe impedimento legal alguno para que no pueda verla ni comunicarse con ella, a pesar de tener una condena en su contra por forzar a su hermana. Se trata de una cuestión espinosa. La pareja también tiene un hijo varón que convive con su padre y que apenas tiene relación con su progenitora.
DAÑOS. La sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia establece que Cecilio J. S. debe indemnizar con 15.000 euros a su hija por los daños morales causados. En este sentido, recuerda que la adolescente presenta una “repercusión psicológica”, con síntomas como la baja autoestima, sentimientos de culpa, ansiedad y depresión. Para fijar la cuantía, el tribunal ha tenido en cuenta la “especial gravedad” del caso.