Condenado a dos años por abusar de su hermanastra

El acusado engañó a la niña para que subiera a su habitación, en Martos

19 nov 2019 / 11:37 H.

Dos años de prisión. Es la sentencia que la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén impuso sobre un hombre, Antonio C. M, de 31 años, por abusar sexualmente de su hermanastra menor de edad. El caso, que provenía de Juzgado de Instrucción número 2 de Martos, concluyó con una conformidad por ambas partes, en las que el acusado aceptaba la pena de prisión y seis años en los que no podrá acercarse a la menor a menos de 300 metros de distancia ni comunicarse con ella por cualquier medio.

Los hechos que admite haber cometido el vecino marteño sucedieron el verano del año pasado. Según el escrito de acusación, “guiado por un especial ánimo de satisfacer su apetito sexual”, el 9 de julio de 2018, en torno a las diez de la mañana, Antonio C. M. envió un mensaje al teléfono móvil de su hermanastra, de 12 años, para animarla a ir a comprar ropa, con la idea de que su madre le permitiera marcharse con él. La niña, después de avisar a su madre, se fue a la casa del acusado y él le dijo que subiera al dormitorio para, según aparece reflejado en el escrito, “enseñarle cosas de mayores”.

En el lugar de los hechos, el hombre tiró un colchón y tumbó a la niña para realizarle tocamientos y “queriéndola besar”, llegando a colocarse encima de ella. La menor lo rechazó y “entró en una situación de tensión y miedo”, mientras el acusado insistía, sin conseguirlo, ya que ella se apartaba constantemente. Al final, y ante la negativa de la niña, el acusado paró y ella huyó del domicilio, advirtiéndole que “no se lo dijera a nadie”. Pero su madre, preocupada por la expresión “tan seria y llorosa” de su hija, vio que “algo raro había ocurrido” en la casa de su hermanastro, por lo que se dispuso a denunciar los hechos al día siguiente, cuando ella se decidió a contárselo.

El Ministerio Fiscal, que en principio pedía cuatro años de prisión por abuso sexual a menor, modificó su escrito de acusación y lo redujo a dos con la condición de que el acusado indemnizara a la víctima con 5.500 euros por los daños morales causados. Para que fuera considerado como circunstancia atenuante, el ingreso tuvo que realizarse con anterioridad a la celebración del juicio. Así, el acusado, su defensa y la acusación particular mostraron su conformidad con la sentencia.

El condenado no podrá acercarse a la menor a su domicilio, centro escolar o lugar de trabajo, así como cualquier otro sitio frecuentado por ella y durante seis años. Después de salir de prisión se aplicará la libertad vigilada y estará obligado a someterse a programas formativos contra los delitos sexuales. Del mismo modo, será inhabilitado para cualquier profesión —retribuida o no— que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por un tiempo de 4 años.

Desde el 11 de julio de 2018 se acordó sobre Antonio C. M. una medida cautelar de prohibición de aproximación hacia su hermanastra a una distancia inferior a 100 metros, así como de comunicarse con ella por cualquier medio.