Condena al Ayuntamiento por impedir una conferencia en una sede municipal

05 dic 2019 / 19:10 H.
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El Juzgado número 3 de lo Contencioso-Administrativo en Jaén ha condenado al Ayuntamiento de la capital jiennense por vulnerar el derecho de reunión de la Asociación Al-Quds cuando en el pasado mes de marzo el Patronato de Cultura, entonces en manos del PP, denegó un espacio que previamente le había autorizado para una conferencia de la activista judía Liliana Córdova.

Fue la asociación la que interpuso la correspondiente demanda que ahora el juez estima parcialmente al reconocer "vulnerado el derecho dereunión de dicha asociación por la denegación sin motivo justificado de la reserva del Salón Mudéjar el día 21 de marzo de 2019".

No obstante, el juez rechaza en la sentencia a la que ha accedido Europa Press que se indemnice a la asociación en 1.948 euros en concepto de daños morales por entender que no se ha acreditado "en modo alguno la existencia de daño moral a que se alude ni que ascienda a aquel importe".

La asociación solicitó el Salón Mudéjar el 1 de marzo para celebrar una conferencia el 21 de ese mes bajo el título 'Sefarad Patrimonio Universal, Sefarad no es Israel'. Telefónicamente, el Patronato confirmó la reserva y se publicitó el acto.

Un día antes de la conferencia, la asociación recibe un correo electrónico del Patronato Municipal de Cultura informando que no se podía tramitar la solicitud para tal fecha al no haber recibido la documentación necesaria para la cesión de espacios escénicos municipales, aunque según recoge la sentencia "no consta que previamente se le hubiera requerido documentación alguna".

La explicación aportada por el Ayuntamiento, entonces gobernado por el PP, es que las instalaciones municipales como el Salón Mudéjar se cedía para fines educativos y culturales pero "no para actos de carácter político o que pudieran suponer enfrentamientos de carácter social".

Por eso concluye que "dado que el Ayuntamiento de Jaén impidió a la asociación actora sin fundamento jurídico suficiente el uso del Salón Mudéjar --lugar permitido para el ejercicio del derecho de reunión de ciudadanos y entidades-- vulneró el derecho de reunión".

La sentencia no conlleva la condena en costas y se limita a reconocer que el consistorio vulneró un derecho fundamental cuando denegó este espacio a la asociación.

La asociación ha remitido un comunicado en el que David Peñafuerte, uno de los organizadores del evento, sostiene que actos de censura de este tipo "no pueden quedar en el olvido" por lo que espera un compromiso mayor por parte de las instituciones públicas para que "cambie la política de censura y complicidad que el anterior equipo de gobierno tenía con el gobierno de Israel por un mayor compromiso en la defensa de los Derechos Humanos, dando cabida a todas las sensibilidades de su ciudadanía y protegiendo sus derechos de reunión y libertad de expresión".

Jaén