Absuelto el exalcalde de Jódar por el caso “Hormigón”

La Audiencia entiende que José Luis Angulo no causó perjuicio al Ayuntamiento

21 jun 2017 / 12:08 H.

José Luis Angulo Navarro, el que fuera alcalde de Jódar durante 16 años, ha sido absuelto con todos los pronunciamientos favorables por el conocido como caso “Hormigón”. La Audiencia Provincial lo exculpa de los delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos e infidelidad en la custodia de documentos por los que fue juzgado el pasado 29 de mayo. La Fiscalía había pedido para él una condena de seis años de cárcel. El Ministerio Público entendía que el exalcalde había adjudicado una obra a la empresa de un antiguo concejal de IU, saltándose todo el procedimiento administrativo y que, además, autorizó la cesión de varias partidas de hormigón que pertenecían al Ayuntamiento a esa misma constructora, que las utilizó en otros trabajos fuera de Jódar. Sin embargo, los magistrados no comparten las tesis del fiscal y entienden que José Luis Angulo no cometió infracción penal alguna.

Los hechos se remontan al 8 de septiembre de 2010. Fue en esa fecha cuando el entonces alcalde adjudicó el contrato para la construcción del Centro de Usos Múltiples de Jódar. La Audiencia, en una sentencia de 31 páginas, aclara que todo el procedimiento fue legal y correcto. Explica que el Ayuntamiento anunció el proyecto y que quince empresas se presentaron a la licitación. Finalmente, fue adjudicado “por unanimidad” por la Mesa de Contratación, un órgano compuesto por siete personas. “Se dio total publicidad a este hecho a través del BOP y se llegó incluso a notificar a las demás empresas, sin que ninguna formulara oposición”, asegura la resolución judicial.

La Fiscalía también acusó a José Luis Angulo de un delito de malversación, por ceder hormigón de propiedad municipal a la constructora que finalmente se quedó con el contrato. Una cesión que, según el Ministerio Público, causó un perjuicio económico de 128.000 euros a las arcas municipales. Sin embargo, la Audiencia considera que ese daño no existió. La sentencia explica que la empresa tuvo que afrontar una ampliación de los trabajos del Centro de Usos Múltiples, que fue aprobada por los técnicos municipales. Angulo pagó “en especie” por esa ampliación: “Ninguna malversación de caudales públicos se comete por el acusado, ya que no sustrae dichos efectos para incorporarlos a su patrimonio o al de un tercero, sino que los aplica y los destina a un fin concreto como es la demasía de la obra”, razonan los magistrados en los fundamentos de derecho.

Al exalcalde de Jódar también le imputaban haber retrasado “de forma voluntaria y consciente” la entrada en el Ayuntamiento de una reclamación de 81.000 euros por parte de otra sociedad, que fue subcontratada por la empresa que se adjudicó el Centro de Usos Múltiples. Por estos hecho, la Justicia ha condenado al Ayuntamiento por la vía civil a pagar esa cantidad a la sociedad subcontratada. Sin embargo, para la Audiencia, estos hechos no son constitutivos de infracción penal alguna. Los magistrados aseguran que no está probado que alterara el orden de entrada de la reclamación. Por todo ello, es absuelto del delito de infidelidad en la custodia de documentos, que le atribuía la acusación particular, ejercida por el propio Ayuntamiento. La sentencia se puede recurrir ante el Supremo.

En diciembre de 2015, Angulo también fue exculpado de prevaricación por el Penal 1 por conceder licencias de obras a tres particulares, pese a la existencia de informes técnicos desfavorables. La Audiencia también lo absolvió por el conocido como caso “Autobús”. Se le acusó de prevaricación por permitir, sin aplicar el procedimiento legal, que el urbano circulara de forma gratuita.