Uso indebido de la marca "Bancos de Alimentos"

Desde jaén.EVANGELIO GARRIDO CRUZ (FUNDACION BANCOS DE ALIMENTOS DE JAÉN)
La Fundación Banco de Alimentos de Jaén, ha tenido conocimiento sobre el uso indebido que terceras personas vienen haciendo de la denominación bancos de alimentos, reproduciendo en algunos casos incluso nuestra identidad gráfica; A este respecto queremos reiterar que Federación Española de Bancos de Alimentos (Fesbal) es la única entidad que dispone de los derechos de uso en exclusiva de la marca bancos de alimentos y que actualmente en la provincia de Jaén solo es Fundación Banco de Alimentos de Jaén, la autorizada para su uso tanto en lo que se refiere a los elementos denominativos y gráficos tomados de forma aislada como en su conjunto, para los servicios ofrecidos desde esta organización sin ánimo de lucro. La reproducción de nuestra marca, o incluso similares denominaciones, están apareciendo en prensa, en internet, folletos, etcétera, de forma indiscriminada, para servicios que no son ofrecidos desde Fesbal ni tienen relación alguna, y que en todos los casos se utilizan para identificar servicios idénticos a los amparados por nuestras marcas en un intento de convertir o interpretar nuestra marca como concepto claramente descriptivo de los servicios ofrecidos.

    17 abr 2013 / 19:43 H.

    Es por ello que Fesbal se ve obligada a advertir que dicha utilización es incorrecta e indebida, puesto que el término bancos de alimentos no tiene ningún significado conceptual que pueda evocar un servicio en concreto, y en particular relacionado con la recogida y recuperación de excedentes de alimentos, sino que por el contrario el término bancos de alimentos, consiste en un término original que se encuentran registrado como marca a nombre de Fesbal, para distinguir entre otros servicios personales y sociales prestados por terceros destinados a satisfacer necesidades individuales; servicios de transporte y almacenaje de alimentos, es decir, es un término reconocido y registrado en concepto de marca por la Oficina Española de Patentes y Marcas. El hecho de que Fesbal, ostente registros compuestos por la denominación Bancos de alimentos, le confiere una serie de derechos registrales exclusivos y excluyentes, sobre éste elemento denominativo y similares en virtud de la titularidad de las marcas registradas compuestas por esas denominaciones, y todo ello amparado por la Ley de Marcas que regula los signos distintivos y la propia Ley de Competencia Desleal. Fesbal, a través de sus servicios jurídicos, perseguirá por todas las vías que en derecho le amparan a cualquier infractor, todo ello para evitar que terceros, a veces malintencionados, puedan hacer uso indebido de sus derechos de marca y se aprovechen de nuestro crédito, provocando confusión entre colaboradores y beneficiarios de nuestro servicio de contenido tan sensible.